SUR
http://www.diariosur.es/malaga-capital/201701/12/ciberacoso-20170111222854.html
Educación considera ciberacoso difundir o reenviar rumores por Whatsapp
Amplía el protocolo de
actuación en los supuestos de acoso escolar ante la creciente utilización de la
tecnología por los jóvenes
12/01/2017
El
uso de la tecnología expone a los jóvenes a nuevos tipos de delitos. /
Sur
Francisco
Gutiérrez
@pacogutiSUR
El uso de las nuevas tecnologías por parte de los jóvenes escolares andaluces, y
los casos de acoso a través de internet o las redes sociales, ha llevado a la
Consejería de Educación a contemplar medidas específicas para prevenir y
responder a los posibles casos de ciberacoso, entre los que desde ahora quedan
incluidas prácticas como difundir rumores o reenviar mensajes desagradables por
las populares aplicaciones de mensajería instantánea como Whatsapp.
Básicamente, este protocolo,
presentado ayer por la consejera, Adelaida de la Calle, contempla, entre otras,
las situaciones de acoso a través de medios tecnológicos, lo que se conoce
coloquialmente como ‘ciberacoso’. Y será de aplicación cuando los centros
detecten casos de intimidación, difusión de insultos, amenazas o publicación de
imágenes no deseadas a través de las nuevas tecnologías de la información y la
comunicación, ya sea en el centro o fuera de él o del horario escolar.
Esta instrucción delimita el campo de actuación si el
ciberacoso es por parte de una persona adulta o bien es entre iguales
(alumnos o alumnas entre ellos). En el primer caso, recuerda la
obligatoriedad de denunciar ante la Fiscalía de Menores o las Fuerzas de
Seguridad.
En el ámbito escolar, el ciberacoso con frecuencia
forma parte o tiene su origen en una situación previa de acoso escolar, que
puede incluir agresiones físicas o verbales, difusión de rumores,
coacciones, humillaciones, etcétera.
Cualquier miembro de la comunidad educativa que tenga
conocimiento o sospecha de una situación de ciberacoso está obligado a
comunicarlo a profesores, tutores, orientadores y equipo directivo, algo que
«debe abordarse desde la máxima discreción».
Centro y horario escolar
Las situaciones de acoso o ciberacoso hay que
considerarlas, según el protocolo aprobado por Educación, aunque las
agresiones o los ataques se hayan producido fuera de las instalaciones del
centro o fuera del horario escolar. El equipo directivo recomendará al
alumno o alumna que limite el uso del móvil o internet, que conserve
evidencias del acoso y, si el caso es más grave, solicitará medidas
cautelares a la Fiscalía o Fuerzas de Seguridad. El director o directora se
reunirá con víctima y agresor, así como con sus familias. Las medidas
disciplinarias a aplicar contemplan desde días de expulsión, cambio de grupo
e incluso cambio de centro para el acosador.
Un total de 358 casos entre dos millones de
alumnos
La consejera de Educación, Adelaida de la Calle, quiso tranquilizar a la
comunidad educativa y aseguró que los casos de acoso escolar registrados en
Andalucía han sido 358, de entre dos millones de alumnos, lo que representa un
porcentaje del 0,03 por ciento. «No hay que ser alarmistas en esta cuestión»,
dijo, aunque se comprometió a seguir trabajando para bajar estas cifras. La
orden de 2011 sobre acoso escolar ya contemplaba entre los supuestos de acoso
escolar este que se realiza a través de internet, pero «la creciente utilización
de medios tecnológicos de comunicación entre el alumnado y las peculiares
características del ciberacoso hacían aconsejable, no obstante, la aplicación de
unas medidas específicas», insistió De la Calle. Según el informe ‘I Estudio de
ciberbullying según los afectados’, elaborado con los datos recogidos por las
denuncias al Teléfono de Ayuda a Niños y Adolescentes en Riesgo durante los
últimos tres años, un 70% de los casos de ciberacoso escolar los padecen chicas.
Más que en las redes sociales, casi todos los casos –al menos cuatro de cada
cinco– se producen en los ‘chats’ individuales o grupales de la aplicación de
mensajería Whatsapp. Según los datos del estudio, en nueve de cada diez casos
este fenómeno provoca problemas psicológicos en las víctimas.
Tipos de conducta
Reenviar
mensajes. Tanto publicar
como reenviar mensajes desagradables o amenazantes a través de redes
sociales.
Difundir
rumores. Información
comprometida o exponer la intimidad de una persona a fin de desprestigiarla.
Etiquetar
fotos. Asociar
comentarios indeseables o modificar fotos, exponiendo a la persona implicada
a una posible escalada de observaciones y comentarios de terceros.
Grabaciones. Publicar
postings, fotos o vídeos desagradables sobre la víctima.
Contenido
sexual Difundir imágenes
o datos comprometidos de contenido sexual a través de redes sociales o
páginas de difusión masiva sin el consentimiento de la víctima.
Perfiles. Suplantar
la identidad de la víctima e incluir contenidos desagradables o insultantes
en un perfil, red social, chat, etc.
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