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SUR

http://www.diariosur.es/malaga-capital/201701/12/ciberacoso-20170111222854.html

 

Educación considera ciberacoso difundir o reenviar rumores por Whatsapp

Amplía el protocolo de actuación en los supuestos de acoso escolar ante la creciente utilización de la tecnología por los jóvenes 

12/01/2017

El uso de la tecnología expone a los jóvenes a nuevos tipos de delitos.

El uso de la tecnología expone a los jóvenes a nuevos tipos de delitos. / Sur

Francisco Gutiérrez  
@pacogutiSUR
 

El uso de las nuevas tecnologías por parte de los jóvenes escolares andaluces, y los casos de acoso a través de internet o las redes sociales, ha llevado a la Consejería de Educación a contemplar medidas específicas para prevenir y responder a los posibles casos de ciberacoso, entre los que desde ahora quedan incluidas prácticas como difundir rumores o reenviar mensajes desagradables por las populares aplicaciones de mensajería instantánea como Whatsapp. 

Básicamente, este protocolo, presentado ayer por la consejera, Adelaida de la Calle, contempla, entre otras, las situaciones de acoso a través de medios tecnológicos, lo que se conoce coloquialmente como ‘ciberacoso’. Y será de aplicación cuando los centros detecten casos de intimidación, difusión de insultos, amenazas o publicación de imágenes no deseadas a través de las nuevas tecnologías de la información y la comunicación, ya sea en el centro o fuera de él o del horario escolar.

Esta instrucción delimita el campo de actuación si el ciberacoso es por parte de una persona adulta o bien es entre iguales (alumnos o alumnas entre ellos). En el primer caso, recuerda la obligatoriedad de denunciar ante la Fiscalía de Menores o las Fuerzas de Seguridad.

En el ámbito escolar, el ciberacoso con frecuencia forma parte o tiene su origen en una situación previa de acoso escolar, que puede incluir agresiones físicas o verbales, difusión de rumores, coacciones, humillaciones, etcétera.

Cualquier miembro de la comunidad educativa que tenga conocimiento o sospecha de una situación de ciberacoso está obligado a comunicarlo a profesores, tutores, orientadores y equipo directivo, algo que «debe abordarse desde la máxima discreción».

Centro y horario escolar

Las situaciones de acoso o ciberacoso hay que considerarlas, según el protocolo aprobado por Educación, aunque las agresiones o los ataques se hayan producido fuera de las instalaciones del centro o fuera del horario escolar. El equipo directivo recomendará al alumno o alumna que limite el uso del móvil o internet, que conserve evidencias del acoso y, si el caso es más grave, solicitará medidas cautelares a la Fiscalía o Fuerzas de Seguridad. El director o directora se reunirá con víctima y agresor, así como con sus familias. Las medidas disciplinarias a aplicar contemplan desde días de expulsión, cambio de grupo e incluso cambio de centro para el acosador.

Un total de 358 casos entre dos millones de alumnos

La consejera de Educación, Adelaida de la Calle, quiso tranquilizar a la comunidad educativa y aseguró que los casos de acoso escolar registrados en Andalucía han sido 358, de entre dos millones de alumnos, lo que representa un porcentaje del 0,03 por ciento. «No hay que ser alarmistas en esta cuestión», dijo, aunque se comprometió a seguir trabajando para bajar estas cifras. La orden de 2011 sobre acoso escolar ya contemplaba entre los supuestos de acoso escolar este que se realiza a través de internet, pero «la creciente utilización de medios tecnológicos de comunicación entre el alumnado y las peculiares características del ciberacoso hacían aconsejable, no obstante, la aplicación de unas medidas específicas», insistió De la Calle. Según el informe ‘I Estudio de ciberbullying según los afectados’, elaborado con los datos recogidos por las denuncias al Teléfono de Ayuda a Niños y Adolescentes en Riesgo durante los últimos tres años, un 70% de los casos de ciberacoso escolar los padecen chicas. Más que en las redes sociales, casi todos los casos –al menos cuatro de cada cinco– se producen en los ‘chats’ individuales o grupales de la aplicación de mensajería Whatsapp. Según los datos del estudio, en nueve de cada diez casos este fenómeno provoca problemas psicológicos en las víctimas. 

Tipos de conducta

Reenviar mensajes. Tanto publicar como reenviar mensajes desagradables o amenazantes a través de redes sociales.

Difundir rumores. Información comprometida o exponer la intimidad de una persona a fin de desprestigiarla.

Etiquetar fotos. Asociar comentarios indeseables o modificar fotos, exponiendo a la persona implicada a una posible escalada de observaciones y comentarios de terceros.

Grabaciones. Publicar postings, fotos o vídeos desagradables sobre la víctima.

Contenido sexual Difundir imágenes o datos comprometidos de contenido sexual a través de redes sociales o páginas de difusión masiva sin el consentimiento de la víctima.

Perfiles. Suplantar la identidad de la víctima e incluir contenidos desagradables o insultantes en un perfil, red social, chat, etc.