Las
modificaciones en el Código Civil que entrarán en vigencia a partir de
agosto traen significativos cambios en el derecho de familia, que
incluye los derechos del niño.
El Instituto de Derecho de Familia del Colegio de Abogados de Junín se
reúne desde hace varios años y realiza actividades a nivel académico
relacionadas con el derecho de familia.
La doctora María Marcela Pelegrín, directora del instituto, plantea un
abordaje de la cuestión a partir de un cambio profundo de paradigmas y
de la consideración que se hace del niño.
“Si tomamos el marco normativo que viene dado desde la Convención de
los Derechos del Niño, la ley Nacional 26061 de Protección integral de
los Derechos de los Niños y Adolescentes y su par Provincial 13298,
considerando que todos los principios plasmados en ellas fueron
incorporados al nuevo código, cambiamos rotundamente la concepción del
niño como Objeto -de protección, de tutela-, para pasar a considerarlo
Sujeto de Derechos, capaz de ejercer todos los derechos que se le
reconocen de acuerdo a su edad y grado de madurez”, explica la
profesional.
Abogado del niño
Como indica
Pelegrin, hoy, en nuestra Provincia, rige la ley 14568 que, tomando
los principios de la Convención y leyes anteriores referenciadas, crea
en el ámbito de toda la provincia de Buenos Aires la figura del
abogado del niño.
“El abogado del niño es quién debe representar los intereses
personales e individuales de los niños, niñas y adolescentes
legalmente ante cualquier procedimiento civil, familiar o
administrativo que los afecte, en el que intervendrá en carácter de
parte, sin perjuicio de la representación promiscua que ejerce el
Asesor de Incapaces”.
Según la doctora Pelegrin, el Colegio de abogados de nuestra ciudad
fue pionero en la implementación del registro en tal cuestión.
“Ante la necesidad de los niños de contar con su abogado, nuestro
colegio fue uno de los primeros en implementar el registro para lo
cual se organizó en curso de posgrado junto con la UNNOBA donde todos
los profesionales que rindieron y aprobaron su examen, hoy integran
este registro que le da una herramienta más al Juzgado de Familia, a
los padres, a los niños y a la sociedad toda para permitirle a ese
“sujeto de derechos” que tome la intervención necesaria en los
procesos que los afectan”, destaca.
Patria
potestad
Tanto ha sido el
camino recorrido que en el marco de su familia la concepción del niño
como sujeto de derechos en la relación paterno filial, debe garantizar
que la función formativa de los padres se lleve a cabo en el marco de
una interacción entre el adulto y el niño, y no como efecto de una
acción unilateral en la cual el niño asume un lugar de sumisión como
objeto de representación y control ilimitados por parte de sus padres,
explica Pelegrin.
Esta interacción se basa necesariamente en la consideración de la
personalidad y el respeto de las necesidades del niño en cada período
de su vida, en su participación activa en el proceso formativo, y en
un gradual reconocimiento y efectiva promoción de su autonomía en el
ejercicio de sus derechos fundamentales.
“Esto nos introduce en un nuevo contenido de la antigua noción de
Patria Potestad que ahora felizmente, vamos a denominar
“responsabilidad parental”, cambio terminológico que no es ingenuo”,
advierte la directora. “Más bien todo lo contrario, la palabra
potestad y aún más el término autoridad, se conecta necesariamente con
el poder que evoca a la potestad romana y pone el acento en la
dependencia absoluta del niño en una estructura familiar jerárquica,
donde el padre estaba en la cima de la pirámide y de allí emanaban las
órdenes”.
“Por el contrario, el término “responsabilidad” del que hablamos hoy
subraya el compromiso paterno de orientar al hijo hacia su autonomía.
Pero esto no quiere decir que los niños pueden hacer lo que quieran,
como a veces se ha mal interpretado cuando intentamos explicar este
cambio. En absoluto”, remarca.
“Nosotros creemos que si los padres desean que sus hijos sean
verdaderamente capaces de pensar por sí mismos, deben tener en cuenta
que no es posible instruir valores imponiendo rígidas normas de
conducta desde el exterior, sino que habrá que enseñar a reflexionar
al niño sobre las consecuencias de sus acciones”.
Por lo tanto, “deben entender que es lícito que haya diferencias de
opinión sobre el modo de traducir esos valores en el comportamiento.
El nuevo Código así lo entendió y habla específicamente de la
responsabilidad parental, tomando la base de estos cambios de
paradigma referenciados”.
Hoy, de acuerdo a todos estos nuevos lineamientos que manifiesta la
doctora Pelegrin entiende que, “la sabiduría de los adultos consiste
en ser capaces de entender que el niño que tienen a su cuidado es una
persona diferente de ellos, que no es su pertenencia sino su
responsabilidad y en saber cuándo deben ser lo suficientemente fuertes
como para mantener la guía sobre el camino que el niño debe recorrer
para ser él mismo”.
“Todo esto va unido al avance de la ciencia y de la técnica y el
acceso de los niños a las mismas , lo cual les otorga habilidades que
antes no tenían, y que enriquecen su capacidad de dominio del entorno
cotidiano y naturalmente, modifica sus actitudes para desenvolverse”.
Reflexiones
“Estamos
convencidos, siguiendo a la comisión reformadora en nuestra materia,
que un adulto democrático, que le proporcione al niño un ambiente
libre de presiones excesivas, rico de estímulos variados y generador
de responsabilidades proporcionales a sus capacidades reales, lo más
probable es que coadyuve a la formación de un ser equilibrado, seguro
de sí mismo y competente, terminología nueva del código sancionado,
para ejercer sus derechos fundamentales”.
De esta forma, sin miedo a los cambios sociales, sintéticamente
reseñados, los cuales sirvieron de marco para la redacción del nuevo
código, “podremos contribuir para crear una sociedad que desde las
bases, desde la infancia, permita a todas las personas el pleno
ejercicio de sus derechos”.
Pero a su vez, “será necesario tomar conciencia de los cambios,
adaptarse sin miedo a la realidad y saber que va a comenzar a regir en
nuestro país un nuevo código que, en materia de derecho de familia,
viene a plasmar todo lo que ya la Jurisprudencia, nuestra Corte,
nuestros doctrinarios y los Juzgados de familia, vienen diciendo
utilizando los principios que bajan desde las Convenciones
internacionales a las que nuestro país adhirió, dando así un marco
normativo a lo que hoy ya se palpa y se vive”.
Jornadas
y capacitación
Desde los
primeros movimientos de gestación de los cambios del Código Civil, el
Instituto de Familia se ha interiorizado con éste. “Hemos participado
de Jornadas Preparatorias del Nuevo Código que se han realizado en la
ciudad de Paraná, en la Universidad de Buenos Aires y asimismo hemos
concurrido al Congreso Internacional de Derecho de Familia que se
llevó a cabo en la ciudad de Mar del Plata en el año 2012 cuando allí
se presentó el nuevo Código por el propio Dr. Lorenzetti”, destaca la
doctora Pelegrin.
A los efectos de interiorizar a demás profesionales de la actividad
desarrollada, el año pasado se organizó una Jornada para dar a conocer
los lineamientos de la reforma en esta materia.
“Quiero destacar que para poder cumplir con nuestros proyectos,
siempre se ha realizado un trabajo articulado con el Juzgado de
Familia, la Curaduría y la Asesoría de Incapaces, cuyos titulares han
colaborado desinteresadamente en todas las exposiciones”.
Este Instituto integra el Foro Provincial de Institutos de Derecho de
Familia, que abarca a los Institutos de todos los colegios de
Provincia, y se reúne dos veces por año. El año próximo pasado fue
sede el colegio local. La próxima reunión será en junio, en Bahía
Blanca.
“Como se puede apreciar y, siendo que el derecho de familia, es el que
mayor transformaciones ha sufrido a lo largo de los tiempos y, las
mismas fueron criteriosamente volcadas en el nuevo Código, siempre
hemos tratado de realizar una actividad académica que abarque todos
estos cambios para poder transmitirla desde el colegio”, destaca
Pelegrin. “Por ello agradecemos profundamente a las autoridades de los
distintos consejos directivos, tanto al actual a cargo del Dr.
Lisandro Benito, como en la gestión anterior del Dr. Sergio Avalle,
pues siempre han permitido desarrollar esta tarea contando con la más
amplia colaboración”.
Asimismo, la directora remarca que “todos los colegas se encuentran
invitados a participar, aunque durante este año, con el curso de
actualización del nuevo Código, las reuniones no se realizan con la
misma frecuencia en virtud de que se demanda gran actividad por dichos
encuentros”.