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La Verdad online.com

Junín. Domingo 24 de mayo de 2015

http://www.laverdadonline.com/noticia-62777.html

 

DERECHO DE FAMILIA

Código Civil: El abogado del niño y la patria potestad


 
23 de mayo de 2015

 

Las modificaciones en el Código Civil que entrarán en vigencia a partir de agosto traen significativos cambios en el derecho de familia, que incluye los derechos del niño.

El Instituto de Derecho de Familia del Colegio de Abogados de Junín se reúne desde hace varios años y realiza actividades a nivel académico relacionadas con el derecho de familia.

La doctora María Marcela Pelegrín, directora del instituto, plantea un abordaje de la cuestión a partir de un cambio profundo de paradigmas y de la consideración que se hace del niño.

“Si tomamos el marco normativo que viene dado desde la Convención de los Derechos del Niño, la ley Nacional 26061 de Protección integral de los Derechos de los Niños y Adolescentes y su par Provincial 13298, considerando que todos los principios plasmados en ellas fueron incorporados al nuevo código, cambiamos rotundamente la concepción del niño como Objeto -de protección, de tutela-, para pasar a considerarlo Sujeto de Derechos, capaz de ejercer todos los derechos que se le reconocen de acuerdo a su edad y grado de madurez”, explica la profesional.


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Abogado del niño

Como indica Pelegrin, hoy, en nuestra Provincia, rige la ley 14568 que, tomando los principios de la Convención y leyes anteriores referenciadas, crea en el ámbito de toda la provincia de Buenos Aires la figura del abogado del niño.

“El abogado del niño es quién debe representar los intereses personales e individuales de los niños, niñas y adolescentes legalmente ante cualquier procedimiento civil, familiar o administrativo que los afecte, en el que intervendrá en carácter de parte, sin perjuicio de la representación promiscua que ejerce el Asesor de Incapaces”.

Según la doctora Pelegrin, el Colegio de abogados de nuestra ciudad fue pionero en la implementación del registro en tal cuestión.

“Ante la necesidad de los niños de contar con su abogado, nuestro colegio fue uno de los primeros en implementar el registro para lo cual se organizó en curso de posgrado junto con la UNNOBA donde todos los profesionales que rindieron y aprobaron su examen, hoy integran este registro que le da una herramienta más al Juzgado de Familia, a los padres, a los niños y a la sociedad toda para permitirle a ese “sujeto de derechos” que tome la intervención necesaria en los procesos que los afectan”, destaca.

Patria potestad

Tanto ha sido el camino recorrido que en el marco de su familia la concepción del niño como sujeto de derechos en la relación paterno filial, debe garantizar que la función formativa de los padres se lleve a cabo en el marco de una interacción entre el adulto y el niño, y no como efecto de una acción unilateral en la cual el niño asume un lugar de sumisión como objeto de representación y control ilimitados por parte de sus padres, explica Pelegrin.

Esta interacción se basa necesariamente en la consideración de la personalidad y el respeto de las necesidades del niño en cada período de su vida, en su participación activa en el proceso formativo, y en un gradual reconocimiento y efectiva promoción de su autonomía en el ejercicio de sus derechos fundamentales.

“Esto nos introduce en un nuevo contenido de la antigua noción de Patria Potestad que ahora felizmente, vamos a denominar “responsabilidad parental”, cambio terminológico que no es ingenuo”, advierte la directora. “Más bien todo lo contrario, la palabra potestad y aún más el término autoridad, se conecta necesariamente con el poder que evoca a la potestad romana y pone el acento en la dependencia absoluta del niño en una estructura familiar jerárquica, donde el padre estaba en la cima de la pirámide y de allí emanaban las órdenes”.

“Por el contrario, el término “responsabilidad” del que hablamos hoy subraya el compromiso paterno de orientar al hijo hacia su autonomía. Pero esto no quiere decir que los niños pueden hacer lo que quieran, como a veces se ha mal interpretado cuando intentamos explicar este cambio. En absoluto”, remarca.

“Nosotros creemos que si los padres desean que sus hijos sean verdaderamente capaces de pensar por sí mismos, deben tener en cuenta que no es posible instruir valores imponiendo rígidas normas de conducta desde el exterior, sino que habrá que enseñar a reflexionar al niño sobre las consecuencias de sus acciones”.

Por lo tanto, “deben entender que es lícito que haya diferencias de opinión sobre el modo de traducir esos valores en el comportamiento. El nuevo Código así lo entendió y habla específicamente de la responsabilidad parental, tomando la base de estos cambios de paradigma referenciados”.

Hoy, de acuerdo a todos estos nuevos lineamientos que manifiesta la doctora Pelegrin entiende que, “la sabiduría de los adultos consiste en ser capaces de entender que el niño que tienen a su cuidado es una persona diferente de ellos, que no es su pertenencia sino su responsabilidad y en saber cuándo deben ser lo suficientemente fuertes como para mantener la guía sobre el camino que el niño debe recorrer para ser él mismo”.

“Todo esto va unido al avance de la ciencia y de la técnica y el acceso de los niños a las mismas , lo cual les otorga habilidades que antes no tenían, y que enriquecen su capacidad de dominio del entorno cotidiano y naturalmente, modifica sus actitudes para desenvolverse”.

Reflexiones

“Estamos convencidos, siguiendo a la comisión reformadora en nuestra materia, que un adulto democrático, que le proporcione al niño un ambiente libre de presiones excesivas, rico de estímulos variados y generador de responsabilidades proporcionales a sus capacidades reales, lo más probable es que coadyuve a la formación de un ser equilibrado, seguro de sí mismo y competente, terminología nueva del código sancionado, para ejercer sus derechos fundamentales”.

De esta forma, sin miedo a los cambios sociales, sintéticamente reseñados, los cuales sirvieron de marco para la redacción del nuevo código, “podremos contribuir para crear una sociedad que desde las bases, desde la infancia, permita a todas las personas el pleno ejercicio de sus derechos”.

Pero a su vez, “será necesario tomar conciencia de los cambios, adaptarse sin miedo a la realidad y saber que va a comenzar a regir en nuestro país un nuevo código que, en materia de derecho de familia, viene a plasmar todo lo que ya la Jurisprudencia, nuestra Corte, nuestros doctrinarios y los Juzgados de familia, vienen diciendo utilizando los principios que bajan desde las Convenciones internacionales a las que nuestro país adhirió, dando así un marco normativo a lo que hoy ya se palpa y se vive”.

Jornadas y capacitación

Desde los primeros movimientos de gestación de los cambios del Código Civil, el Instituto de Familia se ha interiorizado con éste. “Hemos participado de Jornadas Preparatorias del Nuevo Código que se han realizado en la ciudad de Paraná, en la Universidad de Buenos Aires y asimismo hemos concurrido al Congreso Internacional de Derecho de Familia que se llevó a cabo en la ciudad de Mar del Plata en el año 2012 cuando allí se presentó el nuevo Código por el propio Dr. Lorenzetti”, destaca la doctora Pelegrin.

A los efectos de interiorizar a demás profesionales de la actividad desarrollada, el año pasado se organizó una Jornada para dar a conocer los lineamientos de la reforma en esta materia.

“Quiero destacar que para poder cumplir con nuestros proyectos, siempre se ha realizado un trabajo articulado con el Juzgado de Familia, la Curaduría y la Asesoría de Incapaces, cuyos titulares han colaborado desinteresadamente en todas las exposiciones”.

Este Instituto integra el Foro Provincial de Institutos de Derecho de Familia, que abarca a los Institutos de todos los colegios de Provincia, y se reúne dos veces por año. El año próximo pasado fue sede el colegio local. La próxima reunión será en junio, en Bahía Blanca.

“Como se puede apreciar y, siendo que el derecho de familia, es el que mayor transformaciones ha sufrido a lo largo de los tiempos y, las mismas fueron criteriosamente volcadas en el nuevo Código, siempre hemos tratado de realizar una actividad académica que abarque todos estos cambios para poder transmitirla desde el colegio”, destaca Pelegrin. “Por ello agradecemos profundamente a las autoridades de los distintos consejos directivos, tanto al actual a cargo del Dr. Lisandro Benito, como en la gestión anterior del Dr. Sergio Avalle, pues siempre han permitido desarrollar esta tarea contando con la más amplia colaboración”.

Asimismo, la directora remarca que “todos los colegas se encuentran invitados a participar, aunque durante este año, con el curso de actualización del nuevo Código, las reuniones no se realizan con la misma frecuencia en virtud de que se demanda gran actividad por dichos encuentros”.