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El Constitucional rechaza por segunda vez el recurso
de Juana Rivas para evitar la entrega de sus hijos
El Constitucional alega que ha vencido el plazo
para presentar el recurso por haber superado los 30 días respecto a la
notificación de la resolución recurrida
Los abogados que han presentado el recurso
lamentan que "no se haya estudiado la situación de los menores", afirman en
declaraciones a eldiario.es
Juana Rivas lleva tres semanas desaparecida y
sobre ella pesa una orden de detención tras incumplir la sentencia que le
obligaba a devolver a los dos menores con su padre, condenado en 2009 por un
delito de lesiones
Marta Borraz / Laura
Galaup
16/08/2017

Concentración en apoyo a Juana Rivas en Maracena (Granada)
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El Tribunal Constitucional ha vuelto a dar la espalda a Juana Rivas. El TC ha
rechazado por una cuestión temporal el recurso de amparo presentado por la
defensa de la mujer, que lleva tres semanas desaparecida. Los abogados lo
interpusieron después de que la
Audiencia Provincial de Granada desestimara el incidente de nulidad de
actuaciones para evitar la entrega de sus hijos al padre,
condenado en 2009 por un delito de lesiones.
El tribunal ha alegado
"extemporaneidad" en la presentación del recurso "por haberse prolongado, de
modo manifiestamente improcedente, la vía judicial previa", según
ha adelantado ABC, que ha tenido acceso a la providencia. En concreto,
se ha superado el plazo de 30 días respecto a la resolución recurrida, que
es la ratificación del fallo inicial de la Audiencia Provincial de Granada
notificada el pasado 26 de abril.
"La providencia explica que el
plazo para la interposición del recurso de amparo ha vencido como
consecuencia de la actuación procesal de la parte recurrente", argumenta el
TC.
La mujer se queda con pocas salidas
legales y solo podría acceder a la justicia europea y recurrir ante el
Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Fuentes del despacho 'Montero
Estévez', que se han encargado de la presentación del recurso, –Juana Rivas
cuenta con abogados en Granada y en Madrid–, lamentan que la inadmisión del
TC suponga "que no se haya estudiado la situación de los menores" y no se
entre a valorar a fondo su argumentación.
El pasado jueves el Ministerio de Justicia remitió a Italia la denuncia que
la mujer interpuso por violencia machista en julio de 2016, tras huir del
país. Más de un año después se ha tramitado la denuncia, que se archivó por
falta de jurisdicción, en cumplimiento del artículo 17 del Estatuto de la
Víctima del Delito, que obliga a que en los casos de delitos cometidos fuera
de España los jueces que resuelvan "no dar curso a la investigación por
falta de jurisdicción" –como es el caso– remitan "inmediatamente la
denuncia a las autoridades competentes del Estado" en el que se hayan
cometido los hechos.
El Tribunal Constitucional ya inadmitió el recurso el pasado 31 de julio
por considerar que aún no ha había agotado todos los niveles judiciales
previstos en la ley ante los Juzgados y Tribunales ordinarios.
A la espera de este pronunciamiento
del TC, varias
ciudades albergaron concentraciones el pasado lunes para mostrarle su
apoyo bajo el lema "Protejan a los hijos de Juana Rivas". En la que tuvo
lugar en Granada, una
amiga suya leyó una carta en su nombre: "Estoy huida pero no siento que
esté haciendo nada fuera de la ley. Pues la ley es la que se ha saltado a la
torera desde la primera jueza. Si la ley se hubiera aplicado no estaríamos
aquí".
Sobre ella pesa una
orden de detención dictada por el titular del Juzgado de Instrucción
nº 2 de Granada. Lo había pedido la defensa de su expareja al no presentarse
a comparecer ante el juez por un presunto delito de sustracción de
menores. Al
huir el 26 de julio con ellos, Juana Rivas incumplió la orden judicial
que le obligaba a devolverlos a Italia y una posterior denuncia de su
expareja activó la maquinaria penal.
Acorralada judicialmente
Juana Rivas no cuenta con muchas salidas ni vías
legales para evitar la entrega de los dos menores y
queda acorralada judicialmente, mientras continúa desaparecida. Según los
magistrados de la Audiencia de Granada, los niños deben regresar a Italia y
que sea un juez de allí el que decida la situación. Con la huida tiene dos
frentes abiertos: Por un lado, el referente al ámbito civil y al
cumplimiento de la devolución de los menores. Por otro, en el ámbito penal,
el presunto delito de sustracción de menores.
El Código Penal recoge que esta
sustracción entre progenitores se produce cuando se da "la retención de un
menor incumpliendo gravemente el deber establecido por resolución judicial o
administrativa" y, con ello, Juana Rivas se
enfrenta a una pena de 10 años de cárcel y puede perder la patria
potestad, según varias letradas consultadas por este medio.
La defensa de Juana Rivas pedía al Constitucional la
suspensión cautelar de la entrega de los menores por considerar que corren
riesgo al volver con su padre. Por su parte, la jueza que emitió la primera
sentencia se basó en un informe psicológico que evaluó al
niño mayor y que concluyó que no existía riesgo.
El informe, en el que el menor
afirma que "no le importaría pasar los meses de verano con su padre, pero
vivir con él no", concluye que hay "una vinculación afectiva y segura del
menor con ambos progenitores". Cuando es preguntado por el conflicto entre
ambos, esgrime: "Que siempre ha estado con ella y que se siente mucho mejor
con ella. No se quiere separar de su madre [...] su padre le daba voces a su
madre, a veces no la dejaba salir de casa [...] Él allí no estaba bien
cuando estaban juntos, él sufría mucho porque se llevaban mal".
La defensa de Juana Rivas siempre
ha alegado que el menor debería haber sido evaluado por la Unidad de
Valoración Integral de Violencia de Género, ubicado en el Instituto de
Medicina Legal. Estas unidades son equipos especializados formados por
médicas, psicólogos y trabajadores sociales. De hecho, la ley de protección
a la infancia establece que las decisiones relevantes que afecten al menor
deben contar "con el informe colegiado de un grupo técnico y
multidisciplinar especializado en los ámbitos adecuados".
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