La Audiencia de Granada obliga a Juana Rivas a
entregar a sus hijos a su expareja
Los magistrados dictaminan que los menores retornen a
Italia y que sea un juez de aquel país el que decida la situación entre los
padres y los dos niños
El auto critica las sucesivas "actuaciones
procesales" de la madre de Maracena (Granada) "que le han permitido ganar
tiempo hasta la exasperación"
Rivas huyó de Italia alegando que sufría maltrato y
denunció al hombre en España, donde ya había sido condenado previamente por
lesiones en el ámbito familiar
Se encuentra en paradero desconocido desde que
incumpliera el 26 de julio la orden judicial de restitución de los menores y
pesa sobre ella una orden de detención
La Audiencia de Granada ha desestimado el incidente excepcional de nulidad
presentado por la defensa de Juana Rivas para evitar la entrega de sus hijos al
padre, condenado en 2009 por un delito de lesiones en el ámbito familiar. La
madre vecina de Maracena (Granada) se encuentra en paradero desconocido desde
que incumpliera el
26 de julio la orden judicial de entregarle a su expareja a los menores, de
tres y nueve años.
Los magistrados dicen en un auto contra el que no
cabe recurso que no se han vulnerado derechos fundamentales ni garantías
procesales, como apreciaba la representación legal de Rivas ante la decisión
del Juzgado de Familia número 3 de Granada, que obligó a Rivas ya en
diciembre de 2016 a la "restitución de los menores" y a que los niños
regresaran a Italia, lugar de residencia del padre y de los hijos desde
junio de 2013, el menos desde su nacimiento, y donde están escolarizados.
La llamada 'sala de vacaciones', habilitada para
tramitar las causas de urgencia en el mes de agosto, rechaza el recurso de
los abogados de Rivas y pide que se devuelvan "sin demora" los autos al
juzgado de Familia para que se ejecute defnitivamente la sentencia firme del
pasado 21 de abril, que daba tres días a la madre para entregar a los
menores a su padre y que aún no se ha ejecutado. El auto alude al Convenio
de la Haya, que contempla que un procedimiento similar no conlleve más de
seis semanas en toda su instancia, recuerda la Audiencia.
En ese sentido señala que las decisiones judiciales
tomadas previamente han sido "respetuosas con la doble garantía de defensa y
con los mecanismos que el propoi Convenio arbitra que, en interés superior
del menor, y de los derechos fundamentales que todos los poderes públicos
están obligados a proteger, no blinda ni cierra, en ningún caso, la
posibilidad de denegar el retorno del menor a su país de residencia anterior
cuando, como puede ocurrir en otros casos, exista ese riesgo para el menor,
lo que aquí se descartó por los informes psicológicos y entrevistas
realizadas" por la jueza de Familia, a cuya misma conclusión llegó la sala
de la Audiencia de Granada especializada en derecho de familia.
Crítica por las maniobras judiciales
"En el incidente de nulidad el tribunal solo puede
entrar a considerar si se han producido infracciones de derechos
fundamentales", calificando esta figura como "un remedio al que se puede
acudir" pero "no es un recurso más", dice el auto, que critica que "la
promotora del incidente --Juana Rivas-- marcaba a su antojo o interés los
tiempos con actuaciones procesales que carecían de todo éxito procesal pero
que le han permitido ganar tiempo hasta la exasperación".
Los jueces también califican como "artificiales las
apreciaciones y juicios de valor que alimentan un escenario del proceso
seguido bien alejado de la realidad" que exponían los representantes legales
de la madre al plantear el incidente de nulidad. Por todo ello, los
magistrados señalan que los menores tienen que retornar a Italia y que sea
un juez italiano el que decida la situación entre los padres y los dos hijos
menores. El auto recuerda que ya la Audiencia había concluido que la mujer
actuó "tomándose la justicia por su mano, como vulgarmente se dice, los trae
a España" en mayo de 2016.
"No se entiende qué indefensión más allá de la
intranquilidad de la parte se ha lesionado con relevancia constitucional
cuando ha sido ella la que ha venido marcando los tiempos del procedimiento
en su última y más crítica fase final", añade el auto, que impone las costas
procesales a Juana Rivas.
Esta sala no entra a valorar la actuación paralela
que inició un juez de Instrucción, que investiga a Juana Rivas por haber
desaparecido con los menores y que acordó el
pasado martes una orden de detención y presentación ante el juzgado ante
los indicios de un presunto delito de retención ilícita de menores.