PRODENI

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Salvemos a Piedad (Campaña de recogida de firmas)

Canarias: una niña de 9 años condenada a perpetuar su orfandad en un centro de menores

PIEDAD es el nombre ficticio de una niña canaria de 9 años víctima de un sistema que la ha condenado a la más absoluta orfandad.

PIEDAD fue retirada a su madre biológica a los ocho meses de haber nacido por incapacidad de su progenitora para cuidarla y educarla. Estuvo tres años y medio en dos centros de menores del Cabildo de Gran Canaria y porque no fue posible su retorno ni siquiera en su familia extensa, en el 2005 fue entregada en acogimiento preadoptivo a una familia de la localidad tinerfeña de La Orotava alcanzando plena estabilidad y felicidad.

Sin embargo, a los dos años, por imposición de la Autoridad Judicial (Juzgado de Familia nº 5 de Las Palmas, y luego Sección 3ª de la Audiencia Provincial) el 10/05/07 fue devuelta a un centro de menores para preparar su entrega a la madre biológica, sin que se tuvieran en cuenta, ni se hubieran valorado sus circunstancias personales, ni los perjuicios que un cambio de medida le podría ocasionar.

Aquello supuso la desaparición forzada de su paisaje afectivo (familia, amigos, escuela, entorno…) y la privación de toda noticia o contacto proveniente de allí. Sufrió tortura psicológica en la Casa Cuna de Santa Cruz de Tenerife y deprivación afectiva, y se le aplicó una terapia de reconstrucción cognitiva para reorientar (“amputar”) sus afectos y enfrentarla a la nueva situación. PIEDAD estuvo algo más de un año con su madre pero sin que esta dejara de recibir el apoyo del Servicio de Protección de Menores al ser incapaz de desenvolverse con autonomía.

Finalmente, acabaron las dos en la calle y con lo puesto, y la propia madre la entregó a la Administración para que la ingresaran en un centro. PIEDAD entró en un centro de menores de la isla de Gran Canaria el 31/10/08 y allí sigue todavía pues su madre, el 20/01/09, renunció a ella cuando la Administración le facilitó una vivienda, prefiriendo dejarla en la institución a tenerla consigo por los problemas que dijo le ocasionaba la menor. Finalmente, por segunda vez, ante el nuevo y definitivo fracaso, la niña fue desamparada de su madre.

A iniciativa de la asociación PRODENI y de la Plataforma de apoyo a PIEDAD, se pone en marcha esta campaña de recogida de firmas para que el Gobierno de Canarias le permita tener noticias, establecer contactos y volver a la Orotava, porque es la mejor alternativa a la absoluta orfandad que ahora padece y porque tiene derecho a reencontrar la felicidad que un día le obligaron a perder.

Para más información puede consultarse la página Web de PRODENI en Caso Piedad  y acceder al libro "Peregrina mía" en www.peregrinamia.es, de Soledad Perera, madre preadoptiva de PIEDAD.

 

Al firmar la petición estarás enviando esta carta:

Destinatario: Paulino Rivero, Presidente del Gobierno de Canarias

Sr. Rivero,

Con mi firma quiero unirme al movimiento social a favor de que la niña canaria de 9 años, de nombre ficticio PIEDAD, tenga un tratamiento diferente al actual que le está dando la Administración canaria del Servicio de Protección de Menores, que la tiene desde octubre de 2008 en un centro de protección en el que lleva más de dos años desde que su propia madre biológica pidiera su internamiento y se constatara la endémica incapacidad de la misma para atenderla y educarla, dándose la circunstancia de que en el año 2002, a los 8 meses de haber nacido, ya le había sido retirada por idénticas razones de incapacidad, siendo eso la causa de que la niña tuviera que residir en dos centros a lo largo de tres años y medio, y que en el año 2005 fuera dada en acogimiento preadoptivo a una familia de La Orotava (Santa Cruz de Tenerife) con la que convivió dos años de feliz estabilidad e integración hasta que una decisión judicial ordenara en abril de 2007 un nuevo ingreso en un centro de menores para prepararla y devolverla a la parte biológica sin contar con sus intereses y necesidades, ni haber realizado una valoración de sus circunstancias personales y los riesgos que pudieran concurrir ante la imposición de un cambio de titularidad, sobre lo que más adelante sienta doctrina la sentencia de la Sección Civil del Tribunal Supremo de 9 de junio de 2009 y que, en el caso concreto de PIEDAD, supuso la vulneración de derechos y la brutal ruptura de la estabilidad y vínculos afectivos alcanzados, a cuenta de una decisión que, desgraciadamente, por una desafortunada acción judicial la precipitó al cuarto internamiento en su corta existencia y porque a pesar del fracaso de la medida, el Servicio insular de Protección de Menores le sigue vetando noticias y contactos de la familia de La Orotava, respecto a la cual, según fuentes del caso, aun mantiene vivencias y recuerdos, especialmente de su mami Soledad, de su hermanita Lucía, de sus perros, sus gatos y sus objetos personales.

Tiene la impresión quien esto suscribe, de que el motivo para que no se le permitan noticias y contactos de su mundo de La Orotava tenga que ver con que su madre preadoptiva, Soledad Perera, fuese condenada por un delito de desobediencia al haber luchado denodadamente para evitarle los riesgos que finalmente le han sobrevenido, si bien todo el rifirrafe judicial habido, con doble enjuiciamiento y doble imposición de condena, se ha quedado reducido a tres meses por corrección de la Audiencia Provincial de Las Palmas, sin imposición de costas y sanciones, junto al criterio general de la sociedad de considerarla una víctima de hechos que la sobrepasaron y, de ningún modo, la culpable de nada que haya perjudicado a la niña, ni durante el tiempo en que esta convivió en La Orotava (los informes de la Administración confirman la estabilidad y felicidad de la menor), ni durante todo lo demás sucedido, siendo ahora su vuelta a aquel entorno la mejor alternativa para ayudarla a alcanzar la estabilidad y normalidad que nunca logrará por otra vía.

Por todo ello, le pido se dispongan los medios para que PIEDAD reciba noticias, establezca contactos y pueda retornar a La Orotava, que es donde yo entiendo que debe de estar, pues la ley garantiza la prevalencia del interés superior de la menor, y no encuentro justificación para pensar que haya otro interés superior al de su retorno al mundo afectivo donde fue inmensamente feliz y en el que tiene derecho a volver a serlo.

Espero su respuesta

Atte.

 

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