
https://www.infolibre.es/noticias/politica/2017/07/28/por_que_juana_pierde_sus_hijos_pesar_condena_por_maltrato_68146_1012.html
Andalucía
¿Por qué pierde Juana a sus hijos a pesar de la condena por maltrato?
El fallo que condena a Juana Rivas por sacar a los
dos niños de Italia sin permiso de su padre no tiene en cuenta una sentencia
de 2009 contra él por "golpearla repetidamente"
La Audiencia de Granada estableció que la mujer
vulneró el Convenio de La Haya y subraya que tres denuncias por amenazas
contra su expareja quedaron en nada
Ángel Munárriz | SevillaPublicada 28/07/2017

Juana Rivas desolada en la rueda de prensa en la que anunció que no devolvería a
sus hijos.
EFE
¿Por qué Juana Rivas ha perdido la batalla legal por sus hijos frente a su
expareja, cuando ella fue la maltratada y su marido el maltratador? Rivas, de 36
años, vive desde diciembre del año pasado una penosa cuenta atrás. "Si los niños
vuelven a Italia sin mi protección no habrá nadie para protegerlos, y si
vuelvo yo a Italia para defenderlos de su padre mi integridad está en serio
peligro", resumía entonces en declaraciones
a este periódico. Ahora sus peores pronósticos se han hecho realidad. La
sentencia que obliga a los niños a volver con su padre a Italia ya despliega su
eficacia. Rivas, que cuenta con el apoyo de la presidenta de la Junta de
Andalucía, Susana Díaz (PSOE), y con la
comprensión del presidente del Gobierno, Mariano Rajoy
(PP), desatendió el miércoles la orden judicial de entrega de sus
hijos a su ex pareja y desde entonces se encuentra escondida con los menores, de
3 y 11 años. La ley juega en su contra, ya que sacó ilegalmente a los menores
de Italia sin el consentimiento de su padre, vulnerando el Convenio de la
Haya. La entrega de dos menores a un padre condenado por maltrato choca de
frente con la creciente sensibilización social sobre la protección de las
mujeres víctimas de violencia y sus hijos.
La ex pareja de Rivas, Francesco Arcuri, fue condenado en 2009 por un juzgado
penal de Ganada por "lesiones
en el ámbito familiar" por "golpear
repetidamente" a
Rivas. El acusado dio su conformidad con los hechos establecidos, según los
cuales el 7 de mayo de 2009, cuando Rivas llegó a las 5.30 horas al domicilio
que ambos compartían en Granada, él le pidió que le explicara dónde había estado
durante la noche, tras lo cual la golpeó "repetidamente", por lo que la mujer necesitó
asistencia médica.
Arcuri fue condenado a tres meses de prisión y a un año y tres meses sin poder
acercarse a Rivas. No entró en la cárcel. Tras un periodo de separación, retomaron
su relación.
Fueron a vivir juntos a la isla de Carloforte, al suroeste de Cerdeña. Tuvieron
un segundo hijo.
Carloforte es una pequeña isla. Los familiares más
cercanos de los niños están a más de 800 kilómetros, en Génova, y son sus
abuelos paternos, de más de 80 años, "que no tienen relación con los niños",
explicaba Rivas a infoLibre en
diciembre. En contraste, en Maracena los niños tienen más arropo familiar,
sostenía. En la isla vivían de la hospedería de Arcuri, del que Rivas
dependía económicamente. Finalmente, la mujer salió de Carloforte en mayo
hacia España con los dos chicos con ella. Según su relato, huía del
maltrato. "El detonante de mi regreso fue la situación diaria de opresión,
aislamiento y maltrato durante más de dos años. No podía salir de casa si no
era con su permiso y muchísimo menos irme con los niños. Conseguí
convencerlo para venir a España con los niños y que pudieran ver a su
familia durante unas vacaciones y que yo pudiera recuperarme del mal estado
de salud que todo el sufrimiento vivido me ha provocado", explicó Rivas en
diciembre.
"Anulada como persona"
La mujer llegó a presentar el 12 de julio del pasado
año, ya en España, una denuncia ante la Guardia Civil en Maracena (Granada)
en la que relataba que el 17 de junio anterior se produjo una agresión
contra ella por parte de Arcuri en Carloforte, si bien el relato se extendía
mucho más allá de los acontecimientos de un solo día. La denuncia decía que
había sido "amenazada, insultada y vejada". Que el control de su ex
pareja sobre ella era total. Que le restringía el acceso a Internet y
que, debido a sus celos, no la dejaba relacionarse con nadie. Que a veces la
dejaba encerrada en casa y a veces no la dejaba entrar. Que se sentía "anulada
como persona". Que eran habituales los insultos como "puta barata,
bastarda y gorda", entre otros. Que el denunciado le había "apretado
fuertemente las muñecas" y "el cuello" y la había amenazado de muerte.
También que le había pegado una patada en una ocasión. Juana Rivas afirmaba
no tener testigos de estos hechos. La denuncia no prosperó.
Lo que sí prosperó fue la denuncia de Arcuri contra
ella por "sustracción internacional" de menores. El juzgado de
primera instancia 3 de Granada acordó en diciembre que los niños habían sido
"sustraídos" por la madre y que debían volver con su padre a Italia en
virtud del Convenio sobre los Aspectos Civiles de
la Sustracción Internacional de Menores, el conocido
como Convenio de La Haya, de 1980. La sentencia señalaba que la "retención"
en España de los dos menores era "ilícita", entre otros motivos porque no
había "un consentimiento previo" del padre. El fallo establecía que no
había "un peligro grave físico o psíquico" para los menores, para lo que
se invocaba una prueba pericial. "El menor manifiesta que quiere vivir con
su madre, aunque no le importaría pasar el verano con su padre en la
isla. No se observa a lo largo de la evaluación con el menor que su
restitución al contexto paterno suponga un grave peligro para su integridad
física o psíquica", señalaba.
No vale "la justicia por la propia mano"
Rivas fue condenada a pagar las costas, así como los
gastos de viaje del eventual regreso de los menores a Italia. La mujer
recurrió ante la Audiencia Provincial, asesorada por el Ayuntamiento de
Maracena (Granada). Y cruzó los dedos. Sus próximos la veían nerviosa, pero
ilusionada con una posible resolución favorable. No se produjo. La Audiencia
ordenó a Juana Rivas en abril que los devolviera con con su padre. "No
cabe tomarse la justicia por propia mano", señalaba la sentencia. "Los
menores, hijos de la apelante, y, no lo olvidemos, también de su padre,
residen en Italia desde el año 2013, el menor desde su nacimiento, y están
sujetos a las normas de aquel país", subrayaba el fallo, que no hacía
referencia a la condena por maltrato pero sí a tres denuncias por amenazas
de Rivas contra su ex pareja que no se concretaron en
responsabilidades del padre de los menores. "Dos de ellas se han
archivado y en la tercera [la presentada en julio] no se ha obtenido
resultado alguno", recordaba la sentencia, que hacía también una observación
especulativa: "Cabrá preguntarse, de aceptar la postura de la
apelante, cuál debía ser la postura de la misma de ser el padre quien por
igual sistema los trasladara de nuevo ilegalmente a su residencia habitual".
La comparación obvia que Rivas nunca ha sido condenada por maltratar a
Arcuri.
"Resulta procedente la restitución inmediata" de
los menores, recogía el fallo de la Audiencia, que mantenía lo establecido
por el juzgado 3 de Granada: que los niños deben volver con su padre, en
virtud del Convenio de la Haya. La única "excepción" que cabría es que
hubiera para los niños "un peligro físico o psíquico", o que volver con el
padre los situara en una "situación intolerable". "La restitución de la
menor no supone ni acredita que los menores queden expuestos a peligro
físico o psíquico grave, ni a una situación intolerable", establecía el
fallo de la Audiencia de Granada. Y añadía: "El Tribunal Europeo de Derechos
Humanos recuerda que para un padre y su hijo estar juntos representa un
elemento fundamental de la vida familiar, aunque la relación entre los
padres se haya roto".
Para los tres jueces firmantes de la sentencia los
argumentos de Rivas no eran válidos. "La apelante manifiesta que nada más
llegar a Granada presentó denuncia, sin que ese solo hecho sea bastante
para el éxito de su pretensión, que alteraría la competencia civil y
penal en su caso a través de una actuación unilateral buscada con el
presumible propósito de eludir la aplicación de la norma", señalaba la
sentencia, que condenaba a Rivas en costas. La sentencia fue un mazazo
para Rivas. También para Paqui Granados,
directora del Área de Igualdad de Maracena y su principal asesora y
defensora. Pero lo que las pilló desprevenidas fue la resolución de 24 de
julio del juzgado 3 de Granada ordenando la entrega de los niños al padre
dos días después, el miércoles, a las 16.30 horas en un punto de
encuentro familiar de Granada. Cabía recurso, pero aunque se presentase
debía ejecutarse la orden. Sí o sí. A pesar de ello, Rivas no
ha entregado a los menores.
En problemas legales
Ahora la mujer está en problemas. El juzgado de
primera instancia 3 de Granada ha denegado las
medidas cautelares que el exmarido de Rivas había solicitado
contra ella, entre las que figuraba una orden internacional de detención,
aunque ha dado traslado de las actuaciones a un juzgado de instrucción para
que abra una nueva investigación. En el escrito presentado por el padre hace
referencia a delitos de desobediencia a la autoridad judicial, sustracción
interparental de menores y violencia psicológica habitual contra
los hijos, a los que habría inducido "ideas falsas" del progenitor. A ello,
suma un delito contra la administración de justicia de los que considera
posibles autores tanto a Juana Rivas como a aquellas personas que pudieran
haber participado en los hechos como "inductores", "colaboradores" o
"encubridores". Junto a ello, su escrito señala que Rivas se encuentra en un
estado psicológico de "desequilibrio emocional" y, por lo tanto, "presenta
un riesgo para su hijos, ya que sus comportamiento son imprevisibles y puede
dirigirlos contra éstos". El hombre condenado por maltrato en 2009 lleva
ahora la iniciativa legal.
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