El tribunal da credibilidad a una niña
que confesó en Tuenti que era víctima de abusos
Reyes Rincón Madrid
22 MAY 2015
Un día de mayo de
2013, Lucía, que entonces tenía 12 años, le contó a un amigo a través
de la red social
Tuenti que el novio de su madre abusaba de ella. Dos años después,
esa conversación ha servido para que el
Tribunal Supremo confirme la condena de cinco años de cárcel
contra el agresor y fije los criterios para aceptar los mensajes de
las redes sociales como prueba en los juicios.
Según el alto
tribunal, los jueces deben abordar “con todas las cautelas” una
conversación mediante cualquier sistema de mensajería instantánea
porque estas comunicaciones son fácilmente manipulables. “El anonimato
que autorizan tales sistemas y la libre creación de cuentas con una
identidad fingida hacen posible aparentar una comunicación en la que
un único usuario se relaciona consigo mismo”, advierte la sentencia,
de la que ha sido ponente el presidente de la Sala de lo Penal, Manuel
Marchena.
En el caso
revisado, el Supremo ha confirmado la validez de la transcripción del
diálogo entre Lucía y su amigo, en el que la niña confesaba que el
novio de su madre había abusado varias veces de ella y el chico, dos
años mayor, le insistía en que se lo contara a su madre. La niña no le
hizo caso, ni tampoco se atrevió a contar nada a su padre y a su
hermana. Pero unos días después, sí se confesó ante unas amigas del
instituto y estas le convencieron para que informara a una profesora,
que avisó a la madre y a la policía.
La
Audiencia Provincial de Valladolid condenó al hombre a cinco años
y un día de prisión por un delito de abusos sexuales y el Supremo ha
rechazado ahora el recurso de casación presentado por el condenado en
el que, entre otros motivos, cuestionó la autenticidad del diálogo en
Tuenti que presentó como prueba la acusación particular, ejercida por
el padre de la chica.
El tribunal
admite que cuando estas conversaciones se aportan mediante un
pantallazo o una impresión su veracidad puede ser puesta en duda, por
lo que la persona que facilita esa prueba y pretende darla por válida
es la que debe demostrar que es real. En este caso era la víctima la
que tenía esa responsabilidad y, según los jueces, “no hay duda” de
que la conversación con su amigo es auténtica. El tribunal argumenta a
su favor que la menor pusiera a disposición del juez su contraseña de
Tuenti para que pudiera comprobar la veracidad mediante un informe
pericial. Además, el amigo declaró en el juicio como testigo y
ratificó la confesión de la víctima.