Dos días después,
la Audiencia Provincial de Granada emitió su fallo respecto a las
prescripciones de los posibles delitos atribuidos al clan de los
Romanones. Y lo hizo en un fallo,
sumamente técnico, en el que declara prescritos todos los delitos,
menos los atribuidos al sacerdote Román Martínez.
Pese a ello, el Auto asume la
veracidad de los hechos denunciados, aunque debe declararlos -como ya
hiciera el juez instructor- prescritos. Así las cosas, y a falta de
nuevos recursos, el caso continuará solamente contra Román Martínez,
acusado por Daniel y otra víctima -otras cuatro también han
intervenido en el proceso canónico- de abusos sexual continuado con
prevalimiento, mientras que las otras acusaciones -delitos de abusos
sexuales sin penetración, exhibicionismo y encubrimiento- que se
atribuían a nueve sacerdotes y dos seglares, han sido declarados
prescritos.
Así, la Audiencia
declara sin efecto los recursos de la acusación particular y de
Prodeni, que solicitaban que se imputara a todos los investigados por
un delito de corrupción de menores y otro de asociación ilícita. "El
auto no discute la veracidad o no de los hechos denunciados", asumen
los ponentes, "sino que parte de considerar que son ciertos (a los
meros efectos de estudiar si concurre o no la prescripción) y sobre
esa premisa se dicta la presente resolución", en la que se asume que
los posibles delitos ya habrían prescrito.
Centrado en la
corrupción de menores
La sentencia
achaca a la acusación particular el haberse centrado en el delito de
corrupción de menores, por lo que "acepta, de forma implícita, la
prescripción de todos los delitos excepto el de corrupción de menores
solicitando que se continúe la tramitación de la causa respecto al
mismo".
En cuanto a la
"asociación ilícita", planteado por Prodeni, la Audiencia Provincial
de Granada incide en que "aún admitiendo (...) que se trata de una
asociación, que la misma empleó medios de alteración o control de la
personalidad para la comisión de los delitos denunciados y que tal
asociación ha seguido funcionando como tal, de lo que no hay indicio
alguno es de la comisión de delitos en fecha posterior a 2007, último
que ha sido denunciado".
Por tanto, aunque
la asociación hubiese seguido como tal hasta el momento de las
detenciones, "no hay constancia de la comisión de delito alguno ni del
empleo de los medios de control o alteración de la personalidad en
fechas posteriores a la señalada". Con lo cual, esta actuación
presuntamente delictiva habría prescrito.