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La acusación
quiere saber si los ‘romanones’ donaron dinero al Arzobispado
Amina Nasser /
25 feb 2015
El arzobispo de Granada oficiando una misa. // CHARO VALENZUELA
¿Recibió el Arzobispado de Granada alguna
contribución económica o donación del grupo de los romanones o de
alguno de sus miembros? El último escrito de la acusación particular
dirigido al Juzgado que investiga los hechos abre numerosos
interrogantes. Este es uno de ellos. El poderío económico de los
curas, el potente patrimonio de algunos de sus componentes y el
hecho de que estén inscritos a nombre del líder del grupo y los dos
albaceas los inmuebles que la rica farmacéutica de Órgiva dejó para
los pobres –desvelado por andalucesdiario.es- apuntan que ha podido
haber alguna relación económica entre el prelado granadino y el clan
de los ‘romanones’.
La acusación particular quiere disipar dudas. Por
ello, ha pedido al Juzgado de Instrucción número 4, que investiga el
caso de los supuestos abusos sexuales, nuevas
pruebas documentales. Así,
reclama que el juez requiera al arzobispo, Javier Martínez, para que
aclare si ha habido contribuciones, donaciones o aportaciones
económicas de la asociación de sacerdotes o alguno de ellos “al
Arzobispado de Granada o a cualquier entidad o persona dependiente
del mismo”. También reclama que explicite
las visitas pastorales y reuniones mantenidas
por el arzobispo, Javier Martínez, desde que tomó posesión de la
diócesis, en junio de 2003, hasta la fecha con el grupo de
sacerdotes.
QUEJAS SOBRE LOS
SACERDOTES
El abogado del denunciante principal reclama al
Juzgado que solicite pruebas documentales a la Congregación para la
Doctrina de la Fe de la Santa Sede, al Arzobispado de Granada y a la
Conferencia Episcopal. Entre las pruebas que pide, hay una que llama
especialmente la atención. El letrado del denunciante principal del
caso solicita al juez “que se requiera a la Santa Sede Apostólica,
Congregación para la Doctrina de la Fe, para que remita”
al Juzgado “copia íntegra de las actuaciones canónicas y de todo lo
actuado en la jurisdicción eclesiástica… que consten en sus
archivos o que hayan sido enviadas por el Arzobispado de Granada”.
También pide copia de de quejas, denuncias o
reclamaciones de cualquier tipo que se hubiesen podido recibir
respecto de los diez sacerdotes denunciados desde que fueron
ordenados: Román Martínez Velázquez de Castro, Francisco José Campos
Martínez, Manuel Morales Morales, Manuel Jiménez Jiménez, Manuel
Quintana Muñoz, Juan Carlos Moreno Muñoz, Ángel Moreno Muñoz, José
Jorge Nieto García, José Gabriel Flores Flores, y Vicente Rodríguez
Rodríguez.
RASTREO
INTERNACIONAL
“Deberá tenerse en cuenta que alguno de ellos”, dice
el escrito, refiriéndose al líder del grupo, que “ha ejercido su
ministerio sacerdotal”, además de en la archidiócesis de Granada, en
la República
Italiana, en la República Argentina (O´Higgins,
Archidiócesis de Buenos Aires) y durante dos años en el Reino
de Bélgica. Para ello, considera que el Juzgado debe
dirigir un oficio a la Dirección General de Cooperación Jurídica
Internacional, del Ministerio de y “haga llegar a la Nunciatura
Apostólica en Madrid, con el fin de que, en el ámbito de la
cooperación jurídica internacional, la Santa Sede Apostólica
(Congregación para la Doctrina de la Fe)”, remita al Juzgado la
documentación.
La acusación solicita, además, que el instructor
requiera al arzobispo de Granada, “con los apercibimientos que sean
de rigor, visto el
reiterado incumplimiento por el mismo de lo ordenado en reiteradas
resoluciones judiciales” para que remita al Juzgado una
copia de todo lo actuado en la jurisdicción eclesiástica y para que
certifique o informe si consta en el Arzobispado que los sacerdotes
del grupo solicitaron el reconocimiento eclesiástico de la
asociación, fraternidad o hermandad sacerdotal y de fieles “que de
hecho han tenido constituida al menos en los últimos diez años y
quejas, reclamaciones o denuncias “referidas al modo de proceder de
dicha asociación o fraternidad.
EL PROTOCOLO DE LA
IGLESIA
Por último,
solicita al instructor que envíe un oficio a la Conferencia
Episcopal Española “para que remita copia del “Protocolo (reservado)
de Actuación según la Legislación del Estado” sobre la forma de
proceder en los casos que se puedan presentar respecto de clérigos,
religiosos u “otras personas que trabajan en la pastoral de la
Iglesia Católica y que
impliquen agresiones o abusos sexuales a menores o posesión de
pornografía infantil, entre otros supuestos y que informe
si dicho Protocolo de Actuación es de obligado cumplimiento en todas
las diócesis españolas y si se halla en vigor en la actualidad.
En la petición
de nuevas pruebas documentales, la acusación particular alude a los
requerimientos realizados por el Juzgado al arzobispo para que
remitiera copia de las actuaciones canónicas que supuestamente
practicó. Esos documentos
no fueron aportados por Javier Martínez, algo que puede
constatarse en el sumario y que, para la acusación particular,
justifica la solicitud de cooperación internacional a la Santa Sede
como el requerimiento judicial a la Conferencia Episcopal Española y
nuevamente al propio arzobispo.