https://elpais.com/sociedad/2018/12/27/actualidad/1545937364_289716.html
Los delitos sexuales contra menores no prescribirán hasta que la
víctima cumpla al menos los 40
El Gobierno eleva la edad en que empiezan a extinguirse los abusos de los 18 a
los 30 años. Los menores de 14 no declararán más de una vez en el proceso
judicial
Madrid 28
DIC 2018
El pianista James Rhodes y la activista Vicki
Bernadet en un acto contra los abusos a menores.Vídeo: ATLAS. Foto: Victor
Lerena (EFE)
El plazo de prescripción de los
abusos sexuales a menores comenzará a correr cuando la víctima cumpla 30
años, y no 18, como sucede ahora. Este es uno de los principales cambios que
contempla el anteproyecto de Ley Orgánica para la Protección Integral de la
Infancia y la Adolescencia frente a la Violencia, que el Consejo de
Ministros tiene previsto aprobar este viernes en primera lectura. La medida
responde a una
de las principales peticiones de las víctimas de delitos sexuales,
aunque las organizaciones de infancia habían solicitado que el tiempo
comenzara a correr a los 50.
El texto recoge también que los menores de 14 años no
tendrán que declarar más de una vez durante el proceso judicial, si bien las
asociaciones habían pedido que esa eximente se extendiera hasta los 16.
Además, el texto supone un cambio de paradigma y sitúa a los niños y a los
adolescentes como titulares de derechos subjetivos.
La vicepresidenta, Carmen Calvo, en
una visita al Vaticano en octubre y con el telón de fondo de los abusos a
menores en la Iglesia, aseguró que el Gobierno trabajaba para “conseguir
que estos delitos sean imprescriptibles”, según la nota que publicó el
Ejecutivo. El anteproyecto recoge, finalmente, que prescribirán entre 10 y
20 años, en función de la gravedad del delito, una vez que la víctima cumpla
30. Esto amplía el plazo de denuncia hasta que quienes hayan sufrido abusos
tengan 40 o 50 años.
Las organizaciones de infancia llevan tiempo
solicitando la ampliación de los plazos de prescripción porque las víctimas
suelen tardar en procesar los abusos y en ser capaces de hablar de ello, por
lo que en muchas ocasiones los culpables quedaban indemnes.
Fuentes del Gobierno apuntan que con este cambio se
garantiza en la práctica la “imprescriptibilidad” anunciada por Calvo dado
que se amplía el plazo. “La imprescriptibilidad es una medida muy
excepcional en nuestro ordenamiento jurídico”, defienden.
El Gobierno trabaja, además, en una reforma penal
para agravar las condenas por delitos sexuales. Y los condenados por
agresiones sexuales a menores no podrán acceder a los permisos
penitenciarios o al tercer grado hasta que hayan cumplido la mitad de la
pena. También se agrava su acceso a la libertad condicional, impidiendo que
el juez pueda anticiparla a las dos terceras partes de la condena.
El anteproyecto modifica 11 leyes y contempla medidas
para la prevención, detección de los casos y protección del menor frente a
la violencia en diferentes áreas. Fue una de las medidas anunciadas por
Pedro Sánchez y podría llegar al Congreso en febrero.
El texto recoge otra de las principales peticiones de
las organizaciones de infancia: la obligatoriedad de la prueba
preconstituida. Es decir, que los niños solo declaren en el proceso judicial
una vez, durante la fase de instrucción; según cálculos de Save the Children,
algunos se ven obligados a hacerlo hasta en cuatro ocasiones. Las
asociaciones querían eximir de ello a los menores de 16, pero el Ejecutivo
lo rebaja a los 14 y a las personas con discapacidad. En caso de mayores de
14 años especialmente vulnerables, el juez también podrá recomendarlo. Se
adoptarán, además, medidas para evitar la victimización secundaria de los
menores (la derivada de una mala atención durante el proceso judicial), como
la adopción inmediata de medidas provisionales, que solo se practiquen
diligencias que sean imprescindibles y que se impida cualquier contacto
entre víctima y agresor. Las organizaciones de infancia han solicitado
reiteradamente la especialización de los juzgados en violencia contra la
infancia, como sucede con la violencia de género.
El anteproyecto del Gobierno incorpora una definición
amplia de violencia que abarca cualquier tipo de maltrato físico,
psicológico y emocional, incluidas las agresiones o abusos sexuales, los
castigos físicos, el descuido o el trato negligente. El texto supondrá la
inclusión en el Código Penal de un nuevo catálogo de delitos contra menores
y adolescentes cometidos a través de Internet, que incluye la incitación al
suicidio, a la autolesión, a la comisión de delitos contra la libertad e
indemnidad sexual, y la promoción o facilitación de trastornos alimenticios.
La norma también obliga a la creación de unidades
especializadas en la prevención, detección y actuación ante casos de
violencia contra menores en los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado,
de las comunidades y de las entidades locales. Y se crea la figura de un
tercer adjunto al defensor del menor. El juez también podrá retirar
contenidos ilícitos de páginas web como medida cautelar en la investigación
de los casos. En todos los delitos sexuales y de trata, la condena
conllevará la inhabilitación para cualquier profesión u oficio que suponga
contacto regular y directo con menores.
El anteproyecto especifica que cualquier persona que
detecte indicios de violencia tendrá el deber de denunciar. Se garantizará
la confidencialidad y el anonimato. El texto contempla, además, la
instauración de protocolos específicos en centros escolares, sanitarios,
deportivos (en centros de alto rendimiento, federaciones y escuelas
municipales) y de ocio. Los protocolos en los hospitales se elaborarán en
colaboración con las comunidades. La historia clínica recogerá además los
casos de violencia contra los menores.
Se dotará a los centros educativos de protocolos de
actuación ante el acoso escolar, ciberacoso, acoso sexual, violencia de
género y cualquier otra forma de violencia. Los colegios e institutos
dispondrán de un coordinador de bienestar y protección que se encargará de
la correcta aplicación de los protocolos y de la actuación en casos de
violencia.
Los trabajadores de servicios sociales tendrán la
condición de autoridad pública y estarán habilitados para adoptar medidas de
protección necesarias, coordinando los recursos de que dispongan en su
territorio, como por ejemplo, médicos o policías. Además, se creará un
registro central de información sobre violencia contra la infancia y la
adolescencia.
Nuevos indicadores de riesgo para los niños y
adolescentes
El anteproyecto de Ley Orgánica para la
Protección Integral de la Infancia y la Adolescencia frente a la
Violencia que está previsto que hoy apruebe el Consejo de Ministros
especifica los indicadores según los cuales se considerará que un menor
está en riesgo. Hasta ahora, la regulación era mucho más general. Entre
los indicadores se incluye la falta de alojamiento alternativo en caso
de desahucio y la existencia de un conflicto abierto y crónico entre los
progenitores o entre los tutores. También que se den prácticas
discriminatorias por parte de los padres contra los niños o adolescentes
que conlleven un perjuicio para su bienestar y su salud, incluyendo la
no aceptación de la condición o identidad sexual del menor, o la
ejercida contra menores con discapacidad.
En el texto se especifica que en las situaciones
de riesgo será precisa la intervención de la Administración sin que el
menor tenga que ser apartado de su entorno familiar. Se contemplan más
de una veintena de indicadores para considerar que un niño o adolescente
está en riesgo. Entre ellos, el sometimiento a terapias de aversión a
menores de edad pertenecientes al colectivo LGTBI, el empleo del castigo
físico o psicológico y la utilización de pautas de corrección violentas.
Los castigos físicos a los menores ya estaban prohibidos. La novedad que
aporta el anteproyecto es que se contemplen como un factor de riesgo.
Además, también se establece como un factor de riesgo la sobreexposición
de los menores a la opinión pública a través de la difusión generalizada
de su imagen o de información personal, el absentismo, el embarazo
precoz o la identificación de las madres como víctimas de trata o de
violencia de género. También serán considerados en situación de riesgo
los menores de 14 que hubieran cometido actos constitutivos de delito.
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