Los
pederastas figurarán en un registro público “para siempre”
El Gobierno impedirá que los
condenados trabajen “en contacto habitual con niños”
Los funcionarios deberán
denunciar al fiscal delitos contra menores
Elena G. Sevillano /
Laura Rivas Madrid
25 ABR 2014

Impedir a los condenados trabajar con niños plantea problemas
constitucionales. /
cordon press.
El Gobierno tiene la intención de crear un
registro en el que consten todos los pederastas, traficantes de
menores y explotadores infantiles condenados en firme. La idea es
que los abusadores queden registrados “para siempre”, informó este
viernes el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad. Los
que empleen a trabajadores que tengan “contacto habitual con niños”,
tanto en el sector público como en el privado, estarán obligados a
asegurarse de que sus empleados no han sido condenados por delitos
contra los menores (es decir, si están en el registro). El
ministerio aún ignora qué legislación habrá que modificar para crear
esta base de datos, cómo accederán los empleadores a la información,
ni a qué profesionales afectará.
Los anteproyectos de Ley de Protección del
Menor que presentó Ana Mato al Consejo de Ministros también recogen
que las autoridades públicas, funcionarios y profesionales que
conozcan cualquier delito contra un menor en el ejercicio de sus
funciones estarán obligados a informar al fiscal o incurrirán en un
delito de omisión.
Pero el plan contra los pederastas aún es muy
inconcreto. “Será requisito para el acceso a las profesiones cuyo
ejercicio conlleve el contacto habitual con niños el no haber sido
condenado por sentencia firme por delitos contra la libertad e
indemnidad sexual, trata y explotación de menores”, afirma el texto,
según adelantó EL PAÍS. Pese a que la norma ya está siendo
sometida a la consideración del Gobierno, el ministerio no aclara
qué procedimientos tendrán que seguir empleadores y empleados para
cumplir ese requisito. “En otros países, al presentar el currículo
para trabajar en un colegio, el centro está obligado a pedir
antecedentes penales”, explicó una portavoz. En España no existe una
norma de este tipo. El proyecto de ley tampoco enumera qué
profesiones se verán afectadas. “Entrenadores o profesores”, enunció
esta fuente como ejemplo. Los dependientes de tiendas de ropa para
niños no estarían incluidos, por no tener contacto continuo con
menores, añadió.
Tanto el registro como el requisito para
optar a determinadas profesiones generan dudas jurídicas, según tres
expertos consultados por este diario. Manuel Cancio, catedrático de
Derecho Penal en la Universidad Autónoma de Madrid, apunta una
primera consideración: “Los antecedentes penales se cancelan al cabo
de un tiempo determinado. Esta norma parece partir de la base de que
hay determinados antecedentes en los que no ocurre así. Sería
necesario cambiar el Código Penal y modificar todo el sistema de
cancelación de antecedentes penales”. Y añade: “Además esto genera
alguna dificultad constitucional, puesto que el artículo 25 recoge
que las penas están orientadas hacia la reinserción”. Otro jurista,
en este caso especializado en Derecho Constitucional, señala que la
imprecisión de la norma “es notoria” y recuerda que la Carta Magna
prevé la reinserción social “con independencia del delito”. Añade
que un registro de estas características supone “una especie de
justicia cautelar de por vida”. El Ministerio de Sanidad aclara: “No
se trata de imposibilitar la reinserción de estas personas”. El
registro será compatible con la Ley de Protección de Datos, añadió,
y no pretende impedir que los pederastas consigan trabajo en otras
áreas donde no haya contacto con menores.
La reforma para impedir trabajar con niños a
los condenados por delitos contra menores da cumplimiento al
convenio de Lanzarote, redactado por el Consejo de Europa y
ratificado por España en 2011. Los firmantes se comprometían a
trasladar nuevas medidas de protección del menor a sus leyes
nacionales. Entre ellas, asegurar que las personas que trabajan con
niños no hayan sido condenadas por actos de explotación o abuso
sexual de menores.
El antecedente del ‘caso Valdeluz’
La
medida que tiene previsto aprobar el Gobierno central llega muy
tarde para el colegio concertado religioso Valdeluz, en Madrid. El
Centro Integral de Ayuda a las Víctimas de Abusos Sexuales (CIASI),
dependiente de la Comunidad de Madrid, atendió entre 2006 y 2007 a
una alumna de un profesor de música de este colegio, Andrés Díez
Díez. Acudió a este servicio derivada de su centro de salud, donde
la trataron de problemas alimenticios.
Los
especialistas del CIASI concluyeron después de un año de
tratamiento que su versión era verosímil y que seguramente había
sufrido abusos sexuales por parte del docente. La letrada del
centro informó a los padres de que podían denunciar, pero que no
se lo aconsejaba dado que no creerían a la menor, según relató el
progenitor de la víctima, Carlos Javier R.
Pese a
que los padres no quisieron denunciar, los responsables del CIASI
tampoco informaron a la Fiscalía de Madrid de lo que estaba
ocurriendo en el colegio religioso. Desde la Consejería de Asuntos
Sociales se ha mantenido que ellos no eran competentes para
trasladar esos datos privados al ministerio público. A partir de
ahora estarán obligados.