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Violadores de menores que no necesitan agredir
físicamente y terminan juzgados por abusos
Los casos de violencia sexual contra niños y niñas
suelen tipificarse como abuso y no agresión por considerar que no existe
violencia e intimidación
Esto ocurre porque la mayoría de agresores son
miembros del entorno que no precisan de fuerza física ni de amenazas
graves para agredir a los menores, pero sí "coacción, manipulación o
chantaje", dice la psicóloga Gemma Altell
"Implica reconocer como menos dañinas estas
agresiones y que manipular y utilizar a un menor no es violencia", opina
la jurista Encarna Bodelón
09/05/2018
Marta Borraz
Una niña en una foto de recurso.
Ocurrió al menos durante un año entero. Felipe se
dedicaba a cuidar de los cuatro menores que vivían con él y su pareja Rosa
en Madrid. Uno era un hijo en común y otras tres niñas eran hijas de la
mujer. La Audiencia Provincial de Madrid consideró probado en una sentencia
de febrero de 2018 que Felipe llevaba "una vez al mes" a una de las niñas,
que entonces tenía 13 años, a la habitación de matrimonio para "quitarle la
ropa, tocarle por el cuerpo y penetrarla vaginalmente". La joven, prosigue
el fallo, "no lo impedía por temor a posibles represalias y a ser agredida"
por su padrastro, que fue condenado a diez años de cárcel por un delito de
abuso sexual.
No es una excepción que la
violencia sexual hacia los menores –el consentimiento se sitúa por ley
en los 16 años– sea tipificada por los tribunales como abuso sexual y no
como agresión sexual. La distinción de uno y otro delito radica, al igual
que en los adultos, en el uso de la violencia e intimidación, según el
Código Penal, y para los casos de menores reserva penas de entre dos y seis
años de cárcel para el abuso sexual (de ocho a doce si hay penetración) y de
entre cinco y diez años para la agresión sexual (de doce a quince años si
hay penetración).
Después de conocerse el caso de la
manada, que ha puesto sobre la mesa esta realidad, varias sentencias
que han salido a la luz han calificado como abuso sexual violaciones a niños
o niñas. El pasado viernes, la
Audiencia Provincial de Barcelona condenó a un hombre por agredir a su
sobrina, que se quedó en estado de shock. De nuevo, por un delito de
abuso sexual: "La víctima en ningún momento describió el empleo de la fuerza
física por parte del procesado ni existen testimonios e informes médicos",
señalan las magistradas en el fallo.
"Al igual que en el caso de la
manada esto ocurre porque la violencia y la intimidación se conciben de
una manera muy estricta, sin atender a las circunstancias en las que se
suele dar la violencia sexual contra la infancia. Esto, al final, provoca la
paradoja de que nuestro Código Penal está considerando menos grave que te
viole tu padre o tu tío que lo haga un desconocido", explica la jurista
Encarna Bodelón. Y es que en la mayor parte de casos –los estudios
disponibles suelen rondar entre el 80% y el 90%–, los agresores son miembros
del entorno de los menores (entrenadores, profesores, familiares...), que no
precisan de intimidación o violencia extrema para perpetrar su ataque.
La psicóloga social especialista en violencias
machistas Gemma Altell describe el modus
operandi con el que suelen actuar los agresores, "que se valen de toda
una estructura de poder" para llegar a lo que quieren "mediante la coacción,
el pacto de silencio, la culpabilización de la víctima, la manipulación o el
chantaje emocional. Se da mucha violencia, pero violencia psicológica, que
es mucho más difícil de identificar".
Un ejemplo es lo que el padre de Aida le decía
mientras abusaba de ella durante 2015 y 2016, una época en la que él estaba
en paro y la madre trabajaba por las noches. Según una sentencia de enero de
este año de la Audiencia Provincial de Lleida, el hombre penetraba
vaginalmente a la niña, de once años, además de hacerle tocamientos,
aprovechando que la madre no se encontraba en casa mientras le decía que no
contara nada "para evitar problemas en casa", explica el fallo, que condena
al agresor por abuso sexual con atenuante de confesión a cinco años de
prisión.
Los efectos para los menores
Para la mayoría de expertas, se trata de algo
"perverso" porque "en primer lugar, implica reconocer como menos dañino este
tipo de agresiones que las que se dan con violencia física directa y, por
otro lado, estamos afirmando que manipular a un menor y utilizar de esta
manera a una persona que no tiene sus capacidades desarrolladas no es
violencia", argumenta Bodelón, directora del grupo de investigación
Antígona, que elaboró en 2016 junto a la ONG Creación Positiva el estudio El
abordaje de las violencias sexuales en Catalunya, en el que se
aproximan, entre otras cosas, a la problemática de la violencia sexual
contra niños y niñas.
Estrela Gómez, coordinadora de Agamme, una ONG que
atiende a menores agredidos sexualmente en Galicia, ha evaluado los efectos
que tiene para los menores este tipo de violencia sexual, que suele darse
mantenida en el tiempo. "Los agresores son personas de referencia para los
críos y el núcleo en el que deberían ser protegidos, les está traicionando
en su yo más interno y ejercen violencia
disfrazada de cuidados. Esto provoca en los menores muchísima confusión y un
daño tremendo, del que en muchos casos se tardan años en recuperar".
La psicóloga Altell coincide en afirmar que "es
especialmente grave" porque "se trata de una violencia más difícil de
identificar que se basa en un abuso de poder. Aceptar que te está haciendo
esto alguien que supuestamente te quiere es durísimo". La experta apuesta
por comenzar a concebir también la violencia hacia la infancia como un tipo
de violencia machista porque "se fundamenta en la dominación y la sumisión,
algo que está fuertemente legitimado por el sistema patriarcal", argumenta.
Frontera indefinida
En este sentido, el grupo de juristas Antígona aborda
en su estudio "la indefinida frontera" que se da entre una agresión sexual
con intimidación y un abuso sexual con prevalimiento. Y es que en muchas
ocasiones los tribunales califican los hechos contra la infancia de esta
última manera, es decir, entendiendo que el
responsable se vale de una relación de superioridad o parentesco. Para la
profesora de Derecho Penal de la Universidad Autónoma de Barcelona, María
Jesús Guardiola, esta fina línea sería uno de los casos en los que apuesta
por revisar la ley, pero asegura que "no es partidaria de las reformas del
Código Penal en caliente", sino que "hace falta reflexión y sosiego".
Para esta penalista, la distinción entre agresión y
abuso "tiene fundamento en cuanto al daño que puede causar en la víctima
porque los ataques violentos suelen ser más graves", explica mientras hace
hincapié en la necesidad de poner los medios necesarios para que este tipo
de casos comiencen a salir a la luz. "El sistema no conoce la mayoría de
casos, de hecho, se calcula que solo se denuncian un 25% de los que se
producen. A mí me parece más grave esto que la calificación de delito".
Además, la jurista muestra su preocupación por que
una reforma penal "conlleve la equiparación de conductas que no son
igualmente graves" o un incremento de las penas, que, asegura, "en los casos
de menores a veces hasta doblan las previstas para adultos". Bodelón, por su
parte, sí apuesta por una reforma del Código Penal con el objetivo de acabar
con la distinción entre agresión y abuso sexual. "La actual tipificación
provoca dos problemas: acaba convirtiendo en menos lesiva la violencia
sexual en el ámbito familiar y no reconoce como violencia e intimidación
cosas que sí lo son".
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