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ZÓCALO /SALTILLO

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Foto: Tomada de Internet.
 

‘No podemos permitir que menores crean que sufrimiento es diversión’

[Toros]

29/10/2015

Saltillo, Coah.- Ayer durante la Décima Sexta Sesión del Segundo Período Ordinario de Sesiones, del Primer Año de Ejercicio Constitucional de la Sexagésima Legislatura del Congreso del Estado, el diputado Javier de Jesús Rodríguez Mendoza, de la fracción parlamentaria "José Mario Molina Pasquel y Henríquez", del Partido Verde Ecologista de México, presentó un pronunciamiento con relación a las corridas de toros.

En éste menciona que el Comité de los Derechos del Niño de la Organización de las Naciones Unidas señaló que el Estado debe adoptar medidas para hacer cumplir la prohibición en lo relacionado a la participación de niñas y niños en el entrenamiento y actuaciones de corridas de toros como una de las peores formas de trabajo infantil, y tomar medidas para protegerlos en su capacidad de espectadores, creando conciencia sobre la violencia física y mental asociada con las corridas de toros y el impacto de esto sobre niñas y niños.

Lo anterior a la luz de las observaciones generales de este mismo Comité sobre el derecho del niño a la protección contra los castigos corporales y otras formas de castigo crueles o degradantes, y sobre el derecho del niño a no ser objeto de ninguna forma de violencia.

"Es nuestra obligación como ciudadanos y como padres, alejar todo tipo de violencia no sólo de los niños y niñas sino también de los adolescentes que están formándose un criterio y no podemos permitir que crean que el sufrimiento de otro ser vivo es diversión", expuso el diputado Javier de Jesús Rodríguez Mendoza.

Agregó que no se debe olvidar que nuestro medio ambiente también lo conforman los animales, "después de años de lucha hemos logrado que se reconozcan los derechos de éstos y además se ha logrado establecer, mediante muy diversos estudios realizados por universidades con prestigios a nivel mundial, que la violencia en contra de los animales va generando en los seres humanos la perdida de empatía hacia el sufrimiento de otros seres vivos", aseguró Rodríguez Mendoza.

Recordó que pese a todo lo anterior, el 23 de octubre de 2015, el Juzgado 2º de Distrito del Estado de Coahuila de Zaragoza, concedió la suspensión respecto al expediente 1500/2015, propuesto por Promociones y Espectáculos Zapaliname S.A. de C. V. en cuanto a los efectos de la reciente reforma a la Ley de Protección y Trato Digno a los Animales para el Estado De Coahuila De Zaragoza.

El diputado consideró que si bien el ejercicio de esta ley podría afectar los intereses de la mencionada persona moral, se dejaron de lado las preocupaciones emitidas el 8 de junio de 2015, por el Comité de los Derechos del Niño de la Organización de las Naciones Unidas, donde manifiestan su preocupación de manera particular por el bienestar mental y físico de niñas y niños involucrados en entrenamiento para corridas de toros y en actuaciones asociadas a esto, así como el bienestar mental y emocional de los espectadores infantiles que son expuestos a la violencia de las corridas de toros.

Mencionó que el juzgador en su determinación ignoró los artículos 4°, párrafo octavo de la Constitución Política de los Estado Unidos Mexicanos, tercero de la Convención sobre los Derechos del Niño, así como los preceptos tercero, cuarto y sexto de la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, que prevén el interés superior de la niñez, como el principio rector de la normatividad relativa a la protección de los derechos de los menores, la cual deberá sustentarse en las específicas características de aquéllos, en la necesidad de propiciar su desarrollo con pleno aprovechamiento de sus potencialidades.

Javier de Jesús Rodríguez Mendoza enfatizó que no permitirán que la sociedad sea mal informada respecto a esta suspensión, pues solamente se otorgó para que se puedan llevar a cabo las corridas de toros, siempre y cuando cuenten con los permisos expedidos por las autoridades competentes, hasta en tanto se resuelva en definitiva el citado expediente, en donde debe tomarse en cuenta el daño que puede provocar en las nuevas generaciones la costumbre de dañar a otro ser vivo para su entretenimiento y diversión.