PRODENI

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CARTA AL DEFENSOR DEL PUEBLO

CASO: NIÑAS FUGADAS DEL CENTRO DE MENORES DE HORNACHUELOS (CÓRDOBA)

DEFENSOR DEL PUEBLO

MADRID

Málaga, 3 de Julio 2008.

Ilmo. Sr.:

Por la prensa local y nacional se tiene conocimiento de que de un centro de menores que gestiona la Fundación Arcos Iris en Hornachuelos (Córdoba) se fugaron cinco chicas de entre 14 y 15 años, quienes posteriormente denunciaron ante la Guardia Civil haber sido víctimas de malos tratos con lesiones por personal educador del centro, portando, al parecer, partes médicos (se adjunta noticia de hoy en El País) Interpuesta la denuncia, las menores se marcharon, no quedando explicado por qué la Guardia Civil las dejó ir si el día anterior el director del centro había denunciado su fuga.

Al margen de la propia cuestión de los supuestos malos tratos que denuncian las menores y por lo que desde esta asociación le pedimos su intervención, está la circunstancia de que estas chicas hayan tenido, con toda probabilidad, como única vía de escape para denunciar lo que estaban sufriendo, la de escaparse y acudir a la Guardia Civil, pues de haber seguido en el centro, ningún responsable institucional hubiese tenido constancia de lo que estaba pasando, puesto que, como venimos comprobando en esta asociación, los menores tutelados por la Administración de la Junta de Andalucía no reciben información sobre sus derechos, en particular, el de poder trasladar quejas y denuncias, fuera de las dependencias del centro, ni sobre la manera de hacerlo.

Desde hace años, hemos venido reiterando a la Administración andaluza nuestra queja en cuanto a la carencia de voluntad institucional para que lo dispuesto en la normativa de la propia Junta, tenga completa aplicación en la realidad.

Así, según reza el art. 17. 4 del Decreto 42/2002 de 12 de Febrero de la Junta de Andalucía:

“La Administración de la Junta de Andalucía en colaboración con la Fiscalía y el Defensor del Menor de Andalucía pondrá a disposición de los menores sujetos a medidas de protección, los medios adecuados para presentar, en su caso, las quejas y reclamaciones que consideren convenientes para la defensa de sus derechos”. 

Desde nuestra experiencia le podemos asegurar que en todas y cada una de las oportunidades que tenemos de preguntar a menores que hayan estado bajo la tutela de la Administración andaluza, o que todavía lo estén, ni uno sólo de los consultados o consultadas recuerda haber recibido información sobre sus derechos, ni haber tenido a su disposición información verbal, escrita o audiovisual, sobre poder emitir quejas, reclamaciones y denuncias, ni los medios para llevarlo a efecto, en contradicción con lo dispuesto en el artículo 17.4 antes mencionado.

¿Por qué, si el artículo del decreto apuntado es tan explícito, no pone la Junta de Andalucía a disposición de los menores tutelados la información consiguiente por medio de cartelería en los centros, folletos, y otros, facilitando los medios para que puedan ejercer su derecho a la queja o a la denuncia? ¿Por qué brilla por su ausencia cualquier referencia en los centros a teléfonos de ayuda al menor, incluso los institucionales?

Por otra parte, el poder de control sobre los menores en instituciones públicas dependientes del sistema de protección, está prácticamente en manos de entidades privadas (fundaciones, asociaciones, empresas…) bajo convenio de colaboración con la Entidad Pública, lo que dificulta aún más el problema cuando la Administración no tiene interés alguno en que sus tutelados conozcan y ejerzan sus derechos. Es más, suele ser moneda bastante común, el hecho de que si llega noticia por vía familiar u otra a la Administración sobre los supuestos malos tratos que un menor tutelado pueda estar sufriendo, se desestime sin más, sin escuchar al propio menor afectado, por el simple hecho de que desde el centro se desmienta. Y, a veces, cuesta Dios y ayuda conseguir que se adopten medidas o un centro se llegue a cerrar, a no ser que salte la noticia a los medios de comunicación y se produzca el lógico escándalo y alarma social.  

Lo sucedido en el centro de acogida de Hornachuelos, puede ser un reflejo fiel de lo que venimos diciendo, incluso lo del ingrediente de no hacer ningún caso de la queja de un familiar, pues según se apunta en la noticia, la madre de una de las chicas había advertido con anterioridad a la Administración sobre los malos tratos que su hija estaba sufriendo, pero, claro, como viene siendo habitual, ahora la Junta toma nota, pero después de que haya saltado a los medios la fuga de las cinco niñas y su denuncia ante la Guardia Civil.

Creemos que el abandono institucional que sufren los menores tutelados por la Junta de Andalucía en cuanto a lo que venimos explicando, es de libro, y por lo tanto, le ruego, tome partida en este asunto en la defensa de los derechos de los niños y niñas tutelados andaluces acerca de qué tipo de conocimiento poseen sobre sus derechos, qué tipo de cartelería, folletos, medio audiovisual u otros se emplean para su difusión en los propios centros, y que medios o mecanismos se ponen a su disposición para facilitar la comunicación directa de los menores tutelados con instituciones externas, como Fiscalía, Defensor del Menor de Andalucía y ¿Por qué no? Defensor del Pueblo, pues nos llama la atención, que una institución preclara, emblemática y constitucional, donde las haya, como es esta que usted dignamente representa, haya sido omitida en el decreto 42/2002 antes mencionado, entre las dispuestas para que los menores tutelados puedan emitir su queja.

Por supuesto, además, como arriba se indica, le ruego lleve a cabo las iniciativas oportunas ante la Administración de la Junta de Andalucía, para el esclarecimiento de lo sucedido en el centro de menores de la Fundación Arco Iris de Hornachuelos, y la adopción de las medidas que a su consideración estime emitir.  

Atte.

José Luís Calvo Casal

Portavoz de PRODENI