“Con carácter general, la
posición del menor en la cama
será de decúbito supino (boca
arriba), salvo que por
prescripción médica u otras
circunstancias justifiquen o
aconsejen la posición de
decúbito prono (boca abajo)”,
reza el texto del protocolo de
contención mecánica del Centro
de Internamiento de Menores
Tierras de Oria (Almería). El
pasado 1 de julio, Ilias Tahiri,
un joven conflictivo que acababa
de cumplir 18 años, acabó boca
abajo en una cama, atado de pies
y manos por cinco personas en
una pequeña habitación de la
zona de especial seguridad del
citado centro almeriense.
Muerto.
La maniobra para
inmovilizarlo, según reflejan las
videocámaras, se produjo entre las
14.46 y las 14.50, que “deja de
moverse”, tal y como describe y
analiza los vídeos el forense Juan
Luis Sánchez Blazque en su informe.
Cuatro minutos.
La posición del
fallecido, contraria al resto de
protocolos de contención como
subraya el forense, es clave para
determinar cuánto pudo influir en la
muerte del chico, de 94 kilos de
peso y 1,74 de estatura. Y
determinar si se trata de “una
muerte violenta accidental”, como se
concluye en el auto de archivo de la
causa de la juez Teresa Inés Sánchez
Gisbert del pasado 29 de enero, o
por el contrario de un posible
“homicidio”, como defiende el
abogado de la familia, Carlos Rolin,
en el recurso presentado
posteriormente.
La juez, sin embargo,
no entra a valorar el protocolo
aplicado, sino que se limita a
analizar si se actuó de acuerdo al
mismo o no. Pero el abogado
cuestiona, al igual que el forense,
el citado protocolo, creado por la
misma empresa Ginso que gestiona el
centro.
Se trata de uno de
los cuatro centros de internamiento
que gestiona esa polémica empresa,
que acarrea denuncias, incidentes, y
más de una muerte tras la aplicación
de este tipo de medidas. Ginso ganó
el concurso público para la gestión
de este centro almeriense de la
Junta de Andalucía en 2015.
Este periódico
contactó con una portavoz de la
citada compañía que le denegó el
acceso a ese protocolo: “Son
documentos internos que se le dan a
las autoridades competentes, no
pueden compartirse con nadie más”. Y
añadió: “El Protocolo de Contención
Mecánica de la Junta de Andalucía
rige a todos los centros de la
Junta, pero cada uno luego lo adapta
a sus características específicas”.
El doctor Sánchez
Blazque le dedica varios folios de
su prolijo informe al tema de la
posición del cuerpo de Iliass Tahiri
y al cómo pudo influir esa postura
en el óbito. Dice el forense que la
autopsia refleja un “fracaso
cardiorespiratorio”, pero se decanta
finalmente por una “arritmia
cardiaca” como “causa más probable”
de la muerte, y descarta
la asfixia que reflejaba el informe
preliminar (“signos asfíxiaicos
generales muy evidentes con
livideces extensas de color azul
oscuro”). Aunque sí refleja en
su informe: “Gran edema agudo de
pulmón, congestión y numerosas
esquimosis de Tardieu [manchas
asociadas a la sofocación, la
asfixia y la anoxia]”.
¿Ni rastro de
asfixia?
Aquel primer informe, al que tuvo
acceso este periódico, describía así
la secuencia de la muerte: “Se
le ve [a Iliass Tahiri] en prono
[boca abajo], con la cabeza apoyada
en almohada y colchón y se le ejerce
presión con una rodilla en la
escápula izquierda y con una mano en
la espalda, aparte de sujetarle la
cabeza (da la impresión de que está
aprisionada contra la almohada y el
colchón)”, rezaba. “Para colocarle
las bridas se sientan en las
extremidades inferiores y le hacen
presión sobre zona lumbar; cuando
está sujeto de pies y manos, deja de
moverse y continúan poniéndole el
cinturón abdominal, ya sin
resistencia y sin percatarse de que
el chico ha perdido la conciencia
(se van quitando de encima poco a
poco porque ya no hace fuerza)”.
Cuatro minutos.
“Todos los protocolos
de contención mecánica consultados,
tanto de tipo sanitario (por razón
médica) como regimental (por
seguridad) reflejan la necesidad de
colocar a la persona en decúbito
supino [boca arriba] sobre una cama
articulada, salvo una indicación
expresa del médico que indique otra
posición”, señala Sánchez Blazque en
su informe. “En el caso que nos
ocupa el fallecido fue colocado en
decúbito prono [boca abajo]
siguiendo el protocolo de contención
facilitado por “Tierras de Oria”
que, a diferencia de otros
consultados, recoge la contención
mecánica por defecto en decúbito
prono [boca abajo]”, agrega. Por
otra parte, lo protocolizado es
fijar primero la cinta abdominal y
después las extremidades y en este
caso se hizo al revés.
Según el forense, esa
postura pudo acrecentar el “estrés”
y la “agitación” del chico y
provocar una “descarga masiva de
catecolaminas” que contribuyeran a
generar una arritmia cardiaca.
Recuerda además
Sánchez Blazque —que asegura que “no
se han encontrado lesiones que
indiquen una extralimitación en la
fuerza empleada para reducirlo”— que
en esos protocolos (“de la
bibliografía más relevante a nivel
internacional”) se recomienda la
presencia de un médico durante la
maniobra de contención para que
supervise todo el proceso y pueda
tomar las decisiones oportunas.
Según su informe, y las
declaraciones de todos los testigos
que constan en el sumario, a la
médico del centro no se la avisa
hasta después, a las 15.04 la
doctora dice que Iliass Tahiri no
tiene pulso ni respira y comienzan
las maniobras de reanimación
infructuosas.
En los 635 folios
–informes de psicólogos, educadores,
psiquiatras, forenses, Guardia
Civil, vigilantes, médicos…-- que
acumula el sumario de esta causa, al
que ha tenido acceso EL PAÍS, no se
hace referencia en ningún momento a
que Iliass Tahiri, originario de
Tetuán (Marruecos) y residente en
San Roque (Cádiz), tuviera prescrito
ser colocado en esa posición en caso
de una contención mecánica. De
hecho, ya se le habían practicado en
otras tres ocasiones previas en
otros centros de internamiento en
los que había estado ingresado (uno
de ellos también gestionado por la
misma empresa Ginso). Y ninguno de
los participantes en su
inmovilización —ni los cinco
vigilantes que le colocan las
sujeciones, ni el responsable del
Área de Interior del centro que da
la orden y observa la escena—
justifican esa medida excepcional en
sus declaraciones juradas ante la
Guardia Civil de Huercal Overa.
Según el auto de
archivo de la juez, los investigados
y testigos manifestaron que “la
decisión [de colocarlo boca abajo]
se tomó porque el interno estaba muy
agitado y llevaba puestas esposas,
por lo que, su colocación boca
arriba le podría haber ocasionado
graves lesiones, no considerándose
procedente la retirada de las
esposas hasta que se calmara”.
“Con el debido
respeto”, escribe el abogado de la
familia Tahiri en su recurso,
“entiende esta parte que para medir
el estándar de actuación, la
diligencia debida, de los actuantes
en este caso, no nos podemos quedar
en el contenido de un protocolo de
carácter privado que realiza la
empresa que gestiona el centro de
menores (Ginso), y mucho menos
hacerlo en contra de lo manifestado
por el informe del médico forense y
por la totalidad de los protocolos y
normas de actuación oficiales
existentes!”.