"Nuestro hijo murió en una época de mala gestión y falta de medios"
Tras conocer la sentencia del Supremo, los padres de Philipp García Zoch dicen que los centros de medidas judiciales son un "mundo cerrado del que no interesa que se sepa nada".
Pedro Fumero, S/C de Tenerife
Manuel García y Petra Zoch tratan de asimilar la sentencia del Tribunal Supremo que les da la razón, nueve años después, al denunciar que su hijo Philipp, de 16 años, había sufrido torturas y amenazas horas antes de que fuera hallado muerto en su habitación en el centro de medidas judiciales de Nivaria, en el municipio de El Rosario, en noviembre de 2004. Philipp llego a dicho recurso después de haber provocado una lesión grave en el cuello a un cuidador de un centro de acogida en La Laguna. Manuel García aseguró ayer a EL DÍA que, aunque tarde, ya tenemos la sentencia, y "esperamos que sirva para que el Gobierno canario tome medidas y no vuelva a ocurrir lo que pasó Philipp", que era su único hijo.
Desde su punto de vista, en la época en la que ocurrió la muerte de Philipp hubo un problema de "mala gestión y falta de recursos". Y matiza que "no es un problema de dinero".
Petra Zoch interviene para explicar que los menores con trastornos mentales deben recibir tratamiento desde edades tempranas y no cuando ya sea demasiado tarde. Además, considera que las autoridades deben separar a los que sufren problemas de salud mental o de conducta, de aquellos que han llegado a dicha infraestructura por cometer delitos. El progenitor de Philipp destaca que la sentencia por el caso de su hijo sienta jurisprudencia y será una referencia en el futuro ante posibles casos de torturas sufridas por menores en centros de medidas judiciales. García y Zoch reconocen que, por una parte, se sienten tranquilos y, por otra, desahogados, pues ya "tenemos algo claro, después de luchar tanto tiempo".
El padre del menor fallecido cree que los centros de menores con medidas judiciales "son un mundo cerrado e interesa que no se sepa nada de lo que ocurre allí". ¿Y después de nueve años ha cambiado algo? Manuel responde que "ojalá haya cambiado el modelo y la muerte de mi hijo no haya sido en vano". García comenta que "los chicos cumplen una medida judicial, pero eso no quiere decir que tengan que sufrir torturas, malos tratos y, en general, criminalizar".
Explica que el objetivo de su internamiento en un recurso como Nivaria, en su momento, y Valle Tabares, en la actualidad, es la "reinserción en la sociedad", así como la aplicación de planes educativos y terapéuticos adecuados.
Reconoce que algunos difícilmente alcanzarán ese fin, "pero hay que luchar porque muchos de esos menores tienen futuro", aunque por diversas circunstancias personales o familiares hayan llegado ahí. Y asegura que a los adolescentes internos "no se les puede tener encerrados como animales sin hacer nada". En esa línea, manifiesta que el Ejecutivo autónomo debe poner los medios materiales y los recursos humanos necesarios para que los internos puedan formarse y superarse. La sentencia del Tribunal Supremo señala que "los vigilantes privados de seguridad son funcionarios, conforme al artículo 24 del Código Penal, a los efectos de considerarse autores típicos del delito del artículo 174 (sobre las torturas cometidas por autoridad o funcionario público). Además, como publicó ayer EL DÍA, la sentencia destaca: "El derecho del menor a no sufrir trato degradante implica el deber de impedirlo exigible a los educadores en un centro de ejecución de medidas impuestas aplicación de la Ley de responsabilidad Penal del Menor.