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¿Puede contemplarse el derecho de los niños en la Carta Orgánica Municipal?

DIARIO labandurria.com.arg  - ARGENTINA

viernes, 03 de octubre de 2008 23:35

Escribe Jorge Safe

Si entendemos que la administración municipal es la más cercana al ámbito familiar: ¿por qué no intentar que se constituya en el primer defensor de los derechos del niño, teniendo presente el interés superior de ellos, el respeto a su opinión y la no discriminación?

Un documento de interés para los convencionales que pretendan una reforma de esta índole es “La Carta Municipal por los Derechos del Niño”, elaborada por PRODENI ESPAÑA en Julio de 1.995. La Asociación Pro Derechos del Niño y la Niña (PRODENI)  es una asociación humanitaria, sin fines de lucro, de ámbito estatal, declarada de utilidad pública, cuyo fin es la defensa de los derechos del niño contenidos en la Convención de las Naciones Unidas y otros tratados internacionales (http://www.prodeni.org).

Esta “Carta Municipal” recoge principios del contenido esencial de la Convención de las Naciones Unidas de 1989. En ese sentido, determina que la participación de la infancia en todos los asuntos que le afecte tiene singular importancia, al considerar que los niños son sujetos activos de transformación social y, por lo tanto, protagonistas también y no meros objetos de protección.

PRODENI entiende que, desde el ámbito municipal, pueden promoverse los apoyos e instrumentos que posibiliten el bienestar de los niños, protegerlos de cualquier forma de malos tratos (físicos, psíquicos, emocionales, corrupción, explotación, etc.) o abandono. También, que los municipios deben velar  para que ningún niño se vea afectado por esta situación. Estima una obligación municipal establecer sistemas adecuados de detección y tratamiento propios, en colaboración con otras administraciones y entidades.

La idea base es que los municipios deben actuar ante cualquier forma de discriminación contra los niños y tienen la obligación de promover campañas en favor de la tolerancia, la solidaridad y la protección.

Algunos de los preceptos que esta “Carta Municipal” contiene, obligaría a las administraciones a:

- Asegurar, en el ámbito de su competencia,  que las instituciones sociales, deportivas  o de servicios que atiendan a menores se ajusten a las normas establecidas, especialmente en materia de seguridad, sanidad, etc.

 - Que, en colaboración con otras administraciones públicas, desarrollen programas de prevención y atención social destinados a luchar contra la explotación de los menores, la marginación, la pobreza, mejora de las condiciones de vivienda, etc., procurando la erradicación de cualquier forma de chabolismo o poblado marginal.

-Que, en colaboración con la Administración Nacional, establezcan "Planes de Emergencia" ante catástrofes, y promuevan simulacros en los centros educativos, sociales y deportivos.

- Que elaboren estudios sobre el estado de la infancia en los municipios, realizando un diagnóstico que permita señalar zonas de riesgo y los problemas sociales que se detecten.

- Que reconozcan el derecho del niño a vivir en un ambiente familiar adecuado para un desarrollo físico, psicológico y social.

 - Que colaboren en el cumplimiento al derecho de los menores a la educación, velando para que los niños escolarizados asistan regularmente a las clases y, en colaboración con la administración educativa, pongan en marcha programas tendientes a disminuir y erradicar el absentismo escolar.

- Que impulsen la organización de actividades intra y extraescolares en coordinación y colaboración con otras entidades. En especial, actividades dirigidas a la formación sobre aspectos prácticos de la vida diaria (educación vial, conocimiento del medio natural, hábitos saludables, consumo...), sobre tradiciones (historias de los municipios, folklore, gastronomía, artesanía, costumbres,...) y aquellos que respondan a los intereses de los niños (deporte, baile, música, teatro, manualidades...).

- Que estimulen la organización de "Escuelas de Padres".

- Que, en colaboración con la administración sanitaria y educativa y con la participación de organizaciones sociales, promuevan actuaciones destinadas a mejorar el nivel de salud de la población infantil: En educación familiar, sobre higiene y cuidados de los hijos, hábitos saludables, vacunaciones, prevención del consumo de drogas, alcohol y tabaco, etc., desarrollándose primordialmente en sectores de riesgo y zonas socialmente deprimidas.

- Que reconozcan el derecho del niño al descanso y al esparcimiento, al juego y a las actividades recreativas apropiadas para su edad y a participar libremente en la vida cultural y en las artes.

- Que tenga especial relevancia para los municipios la celebración anual del "Día de los Derechos del Niño", el 20 de Noviembre.

Cabe destacar que en 1995 el Ayuntamiento de Málaga aprobó por unanimidad en pleno la "Carta Municipal de los Derechos del Niño y la Niña", que había sido propuesta por la asociación PRODENI.  A partir de entonces, la Ciudad de Málaga y la Asociación PRODENI llevan a cabo una activa colaboración, creándose el Gabinete Asesor de Políticas Municipales de Infancia, el que ejerce tareas de información, asesoramiento y colaboración con otros Ayuntamientos que también han incorporado los derechos del niño y la niña. 

Ante la experiencia de otros municipios en proteger a la infancia y teniendo en cuenta la futura reforma de la Carta Orgánica de San Martín de los Andes, cabe la posibilidad de que un proyecto de esta índole pueda ser tomado en cuenta para incluirlo como un elemento válido que hace a la defensa y protección de los niños.