¿Puede
contemplarse el derecho de los niños en la Carta Orgánica
Municipal?
DIARIO labandurria.com.arg
- ARGENTINA viernes, 03 de octubre de
2008 23:35
Escribe
Jorge Safe
Si
entendemos que la administración municipal es la más cercana
al ámbito familiar: ¿por qué no intentar que se constituya en
el primer defensor de los derechos del niño, teniendo presente
el interés superior de ellos, el respeto a su opinión y la no
discriminación?
Un
documento de interés para los convencionales que pretendan una
reforma de esta índole es “La Carta Municipal por los
Derechos del Niño”, elaborada por PRODENI ESPAÑA en Julio de
1.995. La Asociación Pro Derechos del Niño y la Niña
(PRODENI) es una asociación humanitaria, sin fines
de lucro, de ámbito estatal, declarada de utilidad pública,
cuyo fin es la defensa de los derechos del niño contenidos en
la Convención de las Naciones Unidas y otros tratados
internacionales (http://www.prodeni.org).
Esta
“Carta Municipal” recoge principios del contenido esencial
de la Convención de las Naciones Unidas de 1989. En ese
sentido, determina que la participación de la infancia en todos
los asuntos que le afecte tiene singular importancia, al
considerar que los niños son sujetos activos de transformación
social y, por lo tanto, protagonistas también y no meros
objetos de protección.
PRODENI
entiende que, desde el ámbito municipal, pueden promoverse los
apoyos e instrumentos que posibiliten el bienestar de los niños,
protegerlos de cualquier forma de malos tratos (físicos, psíquicos,
emocionales, corrupción, explotación, etc.) o abandono. También,
que los municipios deben velar para que ningún niño se
vea afectado por esta situación. Estima una obligación
municipal establecer sistemas adecuados de detección y
tratamiento propios, en colaboración con otras administraciones
y entidades.
La
idea base es que los municipios deben actuar ante cualquier
forma de discriminación contra los niños y tienen la obligación
de promover campañas en favor de la tolerancia, la solidaridad
y la protección.
Algunos
de los preceptos que esta “Carta Municipal” contiene,
obligaría a las administraciones a:
-
Asegurar, en el ámbito de su competencia, que las
instituciones sociales, deportivas o de servicios que
atiendan a menores se ajusten a las normas establecidas,
especialmente en materia de seguridad, sanidad, etc.
-
Que, en colaboración con otras administraciones públicas,
desarrollen programas de prevención y atención social
destinados a luchar contra la explotación de los menores, la
marginación, la pobreza, mejora de las condiciones de vivienda,
etc., procurando la erradicación de cualquier forma de
chabolismo o poblado marginal.
-Que,
en colaboración con la Administración Nacional, establezcan
"Planes de Emergencia" ante catástrofes, y promuevan
simulacros en los centros educativos, sociales y deportivos.
-
Que elaboren estudios sobre el estado de la infancia en los
municipios, realizando un diagnóstico que permita señalar
zonas de riesgo y los problemas sociales que se detecten.
-
Que reconozcan el derecho del niño a vivir en un ambiente
familiar adecuado para un desarrollo físico, psicológico y
social.
-
Que colaboren en el cumplimiento al derecho de los menores a la
educación, velando para que los niños escolarizados asistan
regularmente a las clases y, en colaboración con la
administración educativa, pongan en marcha programas tendientes
a disminuir y erradicar el absentismo escolar.
-
Que impulsen la organización de actividades intra y
extraescolares en coordinación y colaboración con otras
entidades. En especial, actividades dirigidas a la formación
sobre aspectos prácticos de la vida diaria (educación vial,
conocimiento del medio natural, hábitos saludables,
consumo...), sobre tradiciones (historias de los municipios,
folklore, gastronomía, artesanía, costumbres,...) y aquellos
que respondan a los intereses de los niños (deporte, baile, música,
teatro, manualidades...).
-
Que estimulen la organización de "Escuelas de
Padres".
-
Que, en colaboración con la administración sanitaria y
educativa y con la participación de organizaciones sociales,
promuevan actuaciones destinadas a mejorar el nivel de salud de
la población infantil: En educación familiar, sobre higiene y
cuidados de los hijos, hábitos saludables, vacunaciones,
prevención del consumo de drogas, alcohol y tabaco, etc.,
desarrollándose primordialmente en sectores de riesgo y zonas
socialmente deprimidas.
- Que reconozcan el derecho del niño al
descanso y al esparcimiento, al juego y a las actividades
recreativas apropiadas para su edad y a participar libremente en
la vida cultural y en las artes.
-
Que tenga especial relevancia para los municipios la celebración
anual del "Día de los Derechos del Niño", el 20 de
Noviembre.
Cabe destacar que en
1995 el Ayuntamiento de Málaga aprobó por unanimidad en pleno
la "Carta Municipal de los Derechos del Niño y la Niña",
que había sido propuesta por la asociación PRODENI.
A partir de entonces, la Ciudad de Málaga y la Asociación
PRODENI llevan a cabo una activa colaboración, creándose el
Gabinete Asesor de Políticas Municipales de Infancia, el que
ejerce tareas de información, asesoramiento y colaboración con
otros Ayuntamientos que también han incorporado los derechos
del niño y la niña.
Ante la experiencia de otros municipios
en proteger a la infancia y teniendo en cuenta la futura reforma
de la Carta Orgánica de San Martín de los Andes, cabe la
posibilidad de que un proyecto de esta índole pueda ser tomado
en cuenta para incluirlo como un elemento válido que hace a la
defensa y protección de los niños.
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