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https://www.publico.es/politica/supremo-ordena-audiencia-huesca-reciba-menor-resuelva-maduro-cambiar-sexo.html
El Supremo avala por primera vez que un menor cambie de
sexo en el Registro Civil
Aplica la sentencia del Constitucional que avaló a un
menor de Benasque para que modifique su nombre en el Registro Civil si demuestra
que tiene “suficiente madurez” y una situación estable de transexualidad.

JULIA PÉREZ
Madrid, 18 de diciembre 2019
Primer caso de un menor que puede rectificar su nombre en
el Registro Civil sin esperar a su mayoría de edad siempre que tenga “suficiente
madurez” y una "situación estable de transexualidad". Será la
Audiencia de Huesca la que determine si puede rectificar su mención registral si
cumple estos requisitos de madurez.
El menor, vecino de Benasque
(Huesca), y su familia han tenido que esperar cinco años para que se
resuelva este litigio. La Audiencia Provincial de Huesca no les permitió el
cambio de nombre, el Tribunal Supremo consultó al Tribunal Constitucional sobre
la restricción legal que impedía el cambio y éste último resolvió en julio
pasado que esta limitación es inconstitucional en el caso de que los menores
tengan suficiente madurez.
El Supremo ha dictado este
miércoles la sentencia que aplica la jurisprudencia del Constitucional y casa la
de la Audiencia de Huesca, a la que ordena que vuelva a estudiar el caso de este
menor: no se le puede negar el cambio por el mero hecho de la edad, sino que
tiene que darle audiencia y determinar si cumple los requisitos de
madurez y también de estabilidad transexual sin esperar a tener 18 años.
Mil familias afectadas
El menor cumple los 18 años
el próximo año, pero su decisión de mantener el proceso legal abre la puerta a
que otros menores como él puedan cambiar su nombre en el Registro Civil antes de
dicha edad.
El Supremo sostiene en su
sentencia que estos menores no son ajenos "a la problemática" de las personas
trans: a los problemas "que atañen a las personas transexuales en general se
añaden los que son inherentes a la etapa de la infancia y la adolescencia".
Se calcula que hay un millar
de familiar con menores trans, según datos de la Asociación
Chrysalli de familias de menores transexuales.
Registrado como niña al
nacer, este menor manifestó desde que era muy pequeño "sentirse varón y prefirió
usar un nombre masculino. Sus ropas, su corte de pelo, su aspecto en general,
son los de un varón joven" explica el Supremo.
Prevalencia del sexo
psicológico
En julio de 2014 fue
examinado por un psiquiatra, un endocrinólogo y un psicólogo que concluyeron que
no tenía ninguna patología psiquiátrica que pueda influir en su decisión
de cambio de sexo. El informe sostiene que el paciente ha asumido el rol de
género masculino desde los tres años de edad, "presenta un fenotipo
totalmente masculino y está adaptado a su rol masculino". Fue remitido al
endocrino para iniciar el tratamiento hormonal, que no había comenzado antes
por no haber iniciado el proceso natural del cambio de la pubertad.
Este menor vio rechazada su
solicitud de cambio de nombre en el Registro Civil y recurrió a la Audiencia de
Huesca. Su recurso se basó en la prevalencia del sexo psicológico sobre el
biológico originario y su necesario reflejo registral para permitir el libre
desarrollo de la personalidad y para preservar la dignidad de las personas trans.
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