El TSJ de Andalucía falla en contra de la repatriación de menores a
Marruecos desde Ceuta
30 de
junio 2022
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha desestimado
uno de los recursos interpuestos por la Delegación del Gobierno en Ceuta y
por el Gobierno de la Ciudad Autónoma y ha sentenciado que la repatriación a
Marruecos de menores en agosto de 2021 supuso una vulneración de sus
derechos fundamentales.
“La actuación de la Administración, exenta de las mínimas
garantías procedimentales exigibles, conjuró una situación objetiva de
riesgo relevante para la integridad física o moral de los MENAs afectados
por las medidas de devolución”, afirma la sentencia del TSJ. “El carácter
súbito y masivo e ilegal de la entrada en Ceuta en la primavera del pasado
año de miles de ciudadanos del Reino de Marruecos en absoluto autorizaba al
Reino de España excusar su sometimiento al imperio de la Ley”.
Esta sentencia, que puede recurrirse ante el Tribunal Supremo, desestima
así el recurso de apelación planteado frente a la sentencia dictada en el
recurso para la protección de derechos fundamentales 139/2021, interpuesto
por la Asociación Coordinadora de Barrios en representación de 8 menores que
llegaron solos a España y fueron repatriados. Aún se encuentra pendiente de
resolución el recurso de apelación interpuesto por las dos mismas
administraciones frente a la sentencia dictada sobre otros 12 menores.
“Ni las situaciones de excepcionalidad, ni las entradas
supuestamente masivas, ni los acuerdos con Marruecos para el control
fronterizo, autorizan a las administraciones públicas a prescindir de las
garantías necesarias para la protección de los derechos fundamentales. Es
lamentable que, como comprobamos en Ceuta y se ha demostrado dolorosamente
en Melilla, sea necesario que los Tribunales le recuerden esto a las
autoridades”, afirma Paloma García de Viedma, abogada de Fundación Raíces.
El Consejo General de la Abogacía denunció en agosto de 2021
que las repatriaciones se estaban realizando sin garantías jurídicas y
exigió su cese inmediato.
El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Ceuta
ordenó, en agosto de 2021, paralizar cautelarmente las repatriaciones sin
garantías y dictó sentencia, en febrero de 2022, declarando que la actuación
de la Administración al repatriar a estos menores se había realizado sin
amparo legal alguno y con vulneración del derecho a la integridad física y
moral y a no ser sometido a tratos inhumanos y degradantes reconocido en el
artículo 15 de la Constitución Española.
Frente a esas dos sentencias del Juzgado, la Delegación del
Gobierno en Ceuta y el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Ceuta interpusieron
sendos recursos de apelación, el primero de los cuales ha sido ahora
desestimado por el Tribunal Superior de Justicia.
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