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El Defensor del Pueblo pide a Interior que desarrolle
un sistema de seguimiento de hijos de víctimas de violencia machista
Violencia machista
El organismo remite distintas recomendaciones para
proteger a menores tras el asesinato de las hijas de Itziar Prats en
septiembre de 2018 y revisar otros casos
Exige la implementación de un Sistema de Seguimiento
Integral complementario a VioGén, que funciona para las mujeres, adaptado a
los niños y niñas
El asesinato del hijo de Laura Hernández el pasado
julio ha motivado la petición de que se revisen los regímenes de visitas
entre los denunciados y sus hijo
Itziar Prats sostiene dos de las mariposas que teje contra la violencia
machista. MB
Marta Borraz
8 de enero 2020
El Defensor del Pueblo ha realizado una serie de
recomendaciones al Gobierno para reforzar la protección de los hijos e hijas
de las mujeres víctimas de violencia de género tras revisar una serie de
casos de asesinatos machistas entre los que estaban el de las hijas
de Itziar Prats en 2018 y el hijo
de Laura Hernández el pasado julio.
La batería de medidas, que fue trasladada a
diferentes Administraciones a mediados de diciembre, incluye la petición al
Ministerio del Interior, en concreto a la Secretaría de Estado de Seguridad,
para que implemente un Sistema de Seguimiento Integral de los menores. El
Defensor abrió una investigación tras la queja presentada
por Itziar Prats, la madre de las dos niñas asesinadas por su padre en
Castellón en 2018 aunque también ha incluido otros casos. La mujer presentó
también reclamaciones
de responsabilidad al Gobierno y al
Consejo General del Poder Judicial.
Itziar había denunciado a su exmarido por amenazas
–le había llegado a decir que se fuera despidiendo de Nerea y Martina, de
seis y dos años–, pero ni ella obtuvo protección ni las niñas fueron
evaluadas en ningún momento del proceso. La jueza dictó un auto para
archivar el proceso en el que aseguraba que la mujer no ofrecía "una
explicación razonable del miedo que dice sentir", que las versiones de ambos
eran "contradictorias" y que su temor era incompatible "con sus propios
actos". Siete meses después, una llamada de la Policía la despertaba a las
seis de la mañana el 25 de septiembre de 2018, el día en que le cambió la
vida.
Ante el "déficit en los sistemas de alerta y
protección de las víctimas menores de edad" que ha detectado, el Defensor
del Pueblo insta a Interior a que este Sistema de Seguimiento Integral sea
una especie de VioGén (el que actualmente rige para las mujeres), pero
"específico y adecuado para el tipo de riesgo al que los menores están
sometidos". Se refiere a la llamada violencia vicaria, que se da cuando el
hijo o hija es utilizado de manera instrumental con el objetivo de hacer
daño al auténtico objetivo de la violencia: la víctima adulta. Ya en este
2020, una niña (y su madre) fueron
asesinadas en su domicilio en Esplugues de Llobregat (Barcelona).
En concreto, VioGén es una aplicación informática que
agrega datos y que hace balances estadísticos de las situaciones de riesgo a
las que va aparejada un tipo de protección concreto. Las mujeres
denunciantes de violencia de género están incluidas en este sistema,
inaugurado en 2007, y aparecen diferenciadas entre aquellas que cuentan con
'riesgo extremo', 'alto', 'medio', 'bajo' y 'no apreciado' en función de la
predicción del riesgo que hayan hecho las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del
Estado.
El interés superior del menor
Desde el pasado mes de marzo, tras
la aprobación de un nuevo protocolo por parte de la Secretaría de Estado de
Seguridad, los menores están incluidos también en esta valoración del
riesgo policial, pero el Defensor del Pueblo pide ir más allá. Así, exige
que un sistema "complementario" a VioGén integre "todas las acciones de
seguimiento de todas las actividades que desarrollen las administraciones
que atienden a estos menores", reconocidos como víctimas directas de la
violencia que sufren sus madres desde 2015.
Actualmente los niños y niñas "no son sujetos
directos" de este sistema, avisa el organismo, aunque apunta a que si hay
uno involucrado en una situación de violencia denunciada por la madre, el
sistema "puede dar un aviso genérico" que "en algunos casos" puede ser
trasladado a la Fiscalía o Juzgado competente.
Con el objetivo de que no sea algo discrecional, el
organismo exige que sea una herramienta concreta la que coordine a las
Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, instituciones penitenciarias,
oficinas de asistencia a víctimas, fiscalías o servicios sociales, entre
otros. En la práctica, debería "ayudar a dar una respuesta policial
protectora y proactiva en beneficio del superior interés del menor, y debe
permitir, además gestionar el peligro permanente mediante su reevaluación",
explica.
La información, prosigue, deberá ser facilitada a
fiscales y autoridades judiciales para que "sea tenida en cuenta en todos
los procesos en los que puedan verse involucrados" los niños, de forma que
prevalezca su interés superior "frente a cualquier otra circunstancia".
Las visitas, en entredicho
En el texto, el organismo alerta de que desde el
pasado mes de junio "no ha recibido" información complementaria sobre las
medidas que se están adoptando para la implementación del Pacto de Estado
contra la Violencia de Género. "La información solicitada es de la máxima
relevancia porque de ella depende la seguridad de las mujeres y de los
menores víctimas", añade.
Además de esta recomendación concreta hecha tras el
asesinato de las hijas de Itziar, el Defensor del Pueblo ha hecho otras
tantas derivadas de otros casos abiertos de oficio. Otra clave es la que
hace a raíz de la investigación que abrió de oficio tras la muerte de
Cristian, un
niño de once años asesinado en Beniel (Murcia) el pasado mes de julio a
manos de su padre.
Su madre, Laura Hernández, había denunciado a su
expareja y padre de su hijo, David Sánchez, que contaba con una orden de
alejamiento y había quebrantado una anterior. Aún así, seguía teniendo
derecho a ver a Cristian, con el que los días de visita pasaba unas tres
horas tras recogerle en un Punto de Encuentro Familiar (PEF). Sin embargo,
el 25 de julio de 2019 no se lo devolvió a su madre. La Guardia Civil había
decretado que Laura tenía 'riesgo medio' –existen 'no apreciado', 'alto',
'medio' y 'extremo'–, pero nadie protegió a su hijo durante el proceso.
Eso a pesar de que las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad
del Estado sí habían aplicado el protocolo de valoración de riesgo de los
menores. Sin embargo, "desgraciadamente no fue materialmente posible
protegerle mientras se encontraba con su padre, dado que el régimen de
visitas no había sido suspendido", reproduce el Defensor del Pueblo de una
de las respuestas recibidas por parte de las administraciones competentes.
Como "las circunstancias que rodean este caso no son
puntuales y desde esta institución se ha tenido ocasión de comprobar que se
repiten con más frecuencia de la que sería deseable", el organismo exige que
se establezca "el carácter imperativo" de los pronunciamientos específicos
acerca de la suspensión cautelar o provisional del régimen de visitas para
el denunciado por violencia de género.
Así, siempre que exista una medida de salida del
domicilio, alejamiento o suspensión de las comunicaciones respecto a la
madre, esta debe ser trasladada "de forma inmediata" al juzgado que esté
conociendo o haya conocido el proceso de separación o divorcio de los padres
"a fin de que este se pronuncie sobre la suspensión del régimen de visitas
de los menores".
En este sentido, el Defensor del Pueblo lamenta "de
forma preocupante" que la regla general aplicada en los órganos judiciales
sea el mantenimiento del contacto entre los agresores y sus hijos. Una
situación que "mantiene al menor en el mismo contexto de violencia, del que
se ha apartado a su madre, e incluso lo empeora al alejar a la madre o al
eliminar los intermediarios y testigos de la relación paterno filial",
concluye.
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