Naciones Unidas
acaba de hacer público un escrito en el
que pide explicaciones al Estado español por el
caso de Irune Costumero y su hija de ocho años,
que fue arrancada de su madre de forma
violenta por los servicios sociales de la
Diputación Foral de Vizcaya el cuatro de agosto
de 2017. La petición de información la realizan
conjuntamente la Relatora especial sobre la
violencia contra la mujer, sus causas y
consecuencias y el Grupo de trabajo sobre la
discriminación contra las mujeres y las niñas.
En el
documento, remitido a España el pasado 25 de
septiembre y hecho público ahora, hace un relato
de este caso que lleva pendiente de revisión por
parte de la justicia desde hace años, y por el
que se
ha imputado a cuatro funcionarios de los
servicios sociales la Diputación de Vizcaya (entre
los que se encuentran los que eran máximos
responsables) por aplicar el Síndrome
de Alienación Parental. Una falsa
patología que no está reconocida por ninguna
institución médica o psiquiátrica internacional,
pero que se aplica en los procesos judiciales y
tiene como consecuencia la retirada de custodia
de las madres acusándolas influir en que sus
hijos no quieran ver a sus padres.
El escrito relata cómo, tras el
acuerdo de una custodia compartida entre
Costumero y su expareja acordada por un juzgado
en 2013, la denuncia del padre ante los
servicios sociales de la Diputación de Vizcaya
aduciendo que la madre influía en la niña para
que no pasase tiempo con él, motivó una
actuación de esta institución. Costumero
había denunciado a su expareja por malos tratos,
pero el caso se cerró con una absolución.
Los servicios sociales decidieron
retirar la custodia a la madre y que su tutela
pasara a la administración y al mismo tiempo
cedérsela la padre, con quien la niña convive
desde entonces. Para ello idearon
un plan para separa a madre e hija, en lo que se
conoce como arrancamiento. Citaron a
Costumero y a su hija sin explicarle los motivos
y una vez en las dependencias de los servicios
sociales, separaron por la fuerza a la niña de
su madre con la ayuda de tres policías y tres
agentes de seguridad privados y por los
trabajadores del servicios de infancia. Los
gritos de la niña y la madre no detuvieron la
separación, que no fue comunicada al juzgado
ni estaba avalada por un juez.
Desde entonces madre e hija sólo
pueden verse en visitas dos veces a la semana
que suman cuatro horas, sin fines de semana ni
vacaciones. Desde octubre de 2019 está
pendiente de resolución una petición de medidas
judiciales cautelares de carácter urgente y
cuya vista estaba prevista para diciembre del
año pasado. Sin embargo la vista se suspendió
debido a que el Servicio de Infancia presentó
los documentos correspondientes, que constan de
más de 200 folios, tan solo 12 horas antes del
juicio. Una maniobra que, tal como denuncia
Costumero, es una forma habitual de actuación
para estirar los plazos y evitar los juicios.
La ONU muestra su "profunda
preocupación"
En el escrito, la relatora de
Naciones Unidad expresa su "profunda
preocupación por la integridad física y mental"
de la señora Costumero y de su hija, y
llaman la atención a España sobre la necesidad
de aplicar los estándares y normas
internacionales "que protegen los derechos que
se les están vulnerando a las víctimas
mencionadas".
"Nos preocupa que muchas
decisiones administrativas y judiciales reflejan
una interpretación discriminatoria de la
legislación nacional por parte de los operadores
de justicia pero también por parte de
trabajadores sociales, basadas en prejuicios y
estereotipos de género", afirma el escrito.
Abunda en que la ausencia de una perspectiva de
género por parte de la judicatura puede verse
reflejada en los procedimientos que atribuyen un
valor inferior al testimonio o argumentos de las
mujeres como partes o testigos; la adopción por
parte de los jueces de concepciones o normas
rígidas sobre lo que consideran un
comportamiento o reacción adecuada por parte de
la mujer víctima; y la referencia o
establecimiento de estereotipos basados en
género que conllevan a una interpretación
errónea o implementación defectuosa de la ley.
Así mismo el texto de la ONU
refleja la preocupación de que los esteriotipos
y la ausencia de perspectivoa de género y de un
análisis interseccional de la discriminación
contra la mujer "obstaculicen el acceso a la
justicia por parte de las mujeres y niñas
víctimas impidiéndoles obtener un recurso
efectivo".
Advierte por primera vez sobe el
uso del SAP
Sorprende el tono del escrito.
Aunque formal y respetuoso con las formas que
utilizan los organismos de la Naciones Unidas
para dirigirse los Estados miembro, llama la
atención la contundencia del tono de la misiva. Nunca
antes un escrito de esta relatoría había hecho
una mención tan clara, explicita y contundente
al amplio uso que se hace en la justicia
española del falso Síndrome de Alienación
Parental y la poca importancia que se da en el
sistema de justicia al testimonio de los menores
cuando denuncian abusos.
"Nos preocupa el uso del presunto
Síndrome de Alienación Parental (SAP), contra
las madres y la falta de credibilidad que
algunos tribunales otorgan al testimonio de los
niños y niñas cuando la madre denuncia abusos
hacia el menor por parte del padre. Los
mecanismos legislativos actuales y futuros no
abordan adecuadamente la consideración que
debe acordarse a la existencia de violencia
doméstica a la hora de determinar la custodia
de los hijos", explica la relatora.
La comunicación afirma que en
muchas ocasiones se entiende que la vinculación
al padre es parte del bien superior del menor y
que con frecuencia se conceden derechos de
visita y custodia a los padres "pese a la
existencia de pruebas de que habían cometido
actos de violencia doméstica. Asimismo, se
sigue utilizando el llamado Síndrome de
Alienación Parental para retirar la custodia de
los hijos a la madre y concedérsela al padre
acusado de violencia doméstica que solicita la
custodia por esa razón, en muchos casos con el
apoyo de una organización de defensa de los
derechos de los padres".
El escrito resalta que este
síndrome sigue siendo utilizado a pesar de que
no existe un reconocimiento médico o científico
de su existencia y de que el propio Consejo
General del Poder Judicial (CGPJ) lo haya
desaconsejado en sus guías desde el año 2013.
También recuerda que la Ornganización Mundial de
la Salud (OMS) eliminó la alienación parental
de su índice de clasificación.
La relatora de la ONU recuerda a
España el caso de Ángela González Carreño, que
tras interponer medio centenar de denuncias para
que su hija no tuviera visitas no vigiladas con
su expareja, no tuvo respuesta judicial. El
padre acabó asesinando a la menor de sites años
en una de ellas. Destaca que tanto las
autoridades judiciales como los psicólogos tuvieron
como principal objetivo normalizar las
relaciones entre padre e hija a pesar de las
reservas emitidas por dos servicios sobre el
comportamiento del padre y de las diversas
advertencias de la madre.
En 2014 la CEDAW (siglas en
inglés del comité antidiscriminación contra la
mujer de la ONU) condenó a España por el
tratamiento que se le dio a González Carreño y
pidió al Estado que asumiera su responsabilidad.
También le pidió que acometiera una serie de
reformas urgentes, que ahora este escrito vuelve
a recordar.
"El Grupo de Trabajo no puede
dejar de expresar su preocupación por el
hecho de que las lecciones del caso presentado
ante la CEDAW no se hayan incorporado
plenamente en la legislación y en la práctica.
Urge la necesidad de que todas las
recomendaciones del Comité para la Eliminación
de la Discriminación contra la Mujer se
apliquen plenamente y de inmediato".
En 2019 el Tribunal
Supremo acabó por reconocer la responsabilidad
del Estado en la muerte de esta menor, tras
más de 15 años de lucha por parte de González
Carreño.
Esta nueva misiva expresa también
el hecho de que este mismo organismo ya preguntó
a España sobre algunos de los casos en los que
se habían producido arracamiento de
niños, una práctica que equipara a la tortura, y
por los procedimientos en el sistema de justicia
cuando las madres denuncias abusos sexuales
hacia sus hijos o violencia de género.
Uno de los casos por los que
preguntó recientemente la relatora a nuestro
país fue el de María
Noel, un madre de origen uruguayo a la que una
jueza de Lleida le retiró la custodia de su
hija y se la entregó a su padre, acusado de
abusar sexualmente de ella. En ese caso, España
respondió con evasivas a las preguntas de la
Relatora de la ONU y no dio respuesta a
ninguna de las preguntas que se le formularon.
El escrito da al Gobierno 60 días
para elaborar una respuesta y enviarla a la
Relatora. Por el momento este escrito, de
haberse entregado, no se ha hecho público.