Juventud REBELDE
Diario de la Juventud Cubana
Trabajo
infantil, una deuda social y moral con el futuro del planeta
En cifras globales se reportan al menos 160
millones de niños y niñas que están en situación de trabajo infantil
Mileyda Menéndez Dávila
sentido@juventudrebelde.cu
El 12 de junio se designa como Día Internacional contra el Trabajo Infantil,
jornada que en este año se extendió por una semana, y aunque se puede hablar
de logros, como la reducción del 16 al 9,6 por ciento de la población
infantil mundial afectada por el fenómeno, es alarmante que uno de cada diez
menores abandone estudios, o no los empiece siquiera, para vincularse a un
trabajo no siempre remunerado, casi nunca legal y en la mayoría de los casos
sin condiciones que garanticen salud y desarrollo posterior.
En cifras globales se reportan al menos 160 millones de niños y niñas que
están en situación de trabajo infantil. Son más los varones de los que se
tiene información, pero se sabe también que millones de niñas que ejercen
trabajo doméstico para otras familias están ausentes en esos informes.
La mayor prevalencia es en países de bajo ingreso, sobre todo de África,
Asia y Pacífico, según informes de la Organización Internacional del Trabajo
(OIT), pero no escapan siquiera los países de altos ingresos, donde se
reportan dos millones.
A nivel mundial, el gasto en protección social para la infancia promedia el
1,1 por ciento del PIB de las naciones, y en las africanas no llega ni a la
mitad. Estudios de la Unicef y la OIR revelan que apenas una cuarta parte de
la población infantil se beneficia con eso. Unos 1 500 millones de niños no
cuentan con prestaciones monetarias familiares o infantiles, y buena parte
de ellos trabaja en condiciones adversas para sobrevivir, a veces solo por
el alimento propio y para otros integrantes vulnerables de la familia. Sin
estrategias para mejorar esa protección o mitigar el incremento de la
pobreza, otros 8,9 millones de infantes estarán trabajando a finalesde 2022.
En Cuba, el trabajo infantil está prohibido, y es penado por ley quien
emplee a un menor de 17 años, edad que marca la capacidad para concertar
contratos laborales según el Código del Trabajo. Solo se pueden contratar
adolescentes de 15 o 16 años con consentimiento de sus padres o tutores en
condiciones excepcionales, como haber finalizado estudios en la enseñanza
profesional o de oficios, u otras razones muy justificadas.
En esos casos se aplica una protección especial, a la cual la citada ley
dedica su capítulo V, en el que define la atención que debe recibir en
cualquier sector, estatal o privado, a fin de lograr su mejor preparación,
adaptación a la vida laboral y formación profesional, garantizándoles el
disfrute de iguales derechos que los restantes trabajadores, jornadas de no
más de siete horas diarias y no más de 40 a la semana.
Además, antes de incorporarse se le realiza examen médico para determinar si
está apto física y síquicamente para el puesto, y no puede realizar labores
«con nocturnidad, bajo tierra o agua, alturas peligrosas o espacios
cerrados, labores con cargas pesadas, expuestos a sustancias peligrosas,
altas o bajas temperaturas o niveles de ruido o vibraciones perjudiciales
para su salud y desarrollo integral».
Cuba, además, garantiza la protección social a familias vulnerables, con
pensiones u otras ayudas socioeconómicas, y defiende la educación gratuita
en todos los niveles, cuidando la retención escolar como indicador clave del
desarrollo humano a tono con los Objetivos de Desarrollo del Milenio.