PRODENI

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CONVENCIÓN DE LOS DERECHOS DEL NIÑO (XXI Aniversario)

20 de Noviembre 2010

 POR LOS DERECHOS DE LOS NIÑOS Y NIÑAS A SER OÍDOS

La asociación PRODENI aprovecha el 21 aniversario de la Convención de los Derechos del Niño para lanzar dos propuestas de inmersión del Estado en uno de los derechos fundamentales de la infancia: El derecho a ser oídos.

 Una dirigida al Sistema Educativo para que los alumnos participen en la evaluación de la calidad de la enseñanza pudiendo poner nota y calificación a los profesores; y la otra, al Sistema Judicial y de Protección, para que los menores alcancen plenamente su derecho a ser parte activa en los procedimientos que les afecte.

PIDEN AL MINISTRO DE EDUCACIÓN Y CIENCIA QUE LOS ALUMNOS PARTICIPEN EN LA EVALUACIÓN DEL SISTEMA PONIENDO NOTA A LOS PROFESORES Y A LA CALIDAD DEL SERVICIO.

 La asociación PRODENI propone al Ministerio de Educación y Ciencia que estudie y lidere la iniciativa de que se incluya la participación activa de alumnos y alumnas en la evaluación del sistema educativo, creándose los cauces para que puedan poner nota a los profesores y opinar, en general, sobre la calidad del servicio.

 Una experiencia de la Universidad de Málaga ha demostrado la viabilidad y eficacia de que los alumnos pongan nota a sus profesores, y ha dispuesto que a partir de ahora los docentes que no alcancen el suficiente deberán reciclarse en actividades de formación.

Para PRODENI la generalización de esta iniciativa a todo el sistema redundaría en un incremento importante en la calidad de la educación, pues los alumnos se considerarían parte integrante y los demás agentes (Profesorado, Dirección, Administración) adquirirían un mayor interés y motivación en sus cometidos.

 La iniciativa que propone PRODENI hunde sus raíces en la Convención de los Derechos del Niño y en nuestra propia concepción jurídica del menor, que va reflejando una concepción de las personas menores de edad “como sujetos activos, participativos y creativos, con capacidad de modificar su propio medio personal y social; de participar en la búsqueda y satisfacción de sus necesidades  y en la satisfacción de las necesidades de los demás.” (Expo. de Motivos L.O. 1/96 de 15 de enero), pero también se basa en la firme convicción de que redundaría en una mayor y mejor calidad de la enseñanza.  

 PRODENI es consciente que una iniciativa como esta puede crear de principio alguna incomodidad o desacuerdo en sectores de un profesorado no dispuesto a ser valorado por sus alumnos quienes dejarían de ser sujetos pasivos e intervendrían, dentro de los cauces adecuados, en la evaluación del servicio que reciben, a tal efecto propone que el Ministerio  incluya experiencias pilotos en algunos centros educativos de diversas comunidades autónomas con las que se acuerde, a fin de completar un estudio que lo haga viable en el menor tiempo posible en el generalidad del Estado.

ESPAÑA SIGUE CONCULCANDO EL DERECHO DE LOS MENORES A SER OÍDOS Y A QUE SE TENGA EN CUENTA SU OPINIÓN EN LOS ÁMBITOS JUDICIAL Y DE PROTECCIÓN DE MENORES.

 Veintiún años después de la vigencia universal de la Convención de los Derechos del Niño, ratificada por España hace veinte, no se puede afirmar que uno de los derechos fundamentales de los niños y niñas, el de ser oídos en los procedimientos administrativos y judiciales, haya llegado siquiera al aprobado.

 A lo largo de estos años asistimos a un incremento de conflictos, denuncias, desacuerdos y publicidad de casos en los que niños y familias se ven afectados de comportamientos institucionales muy poco receptivos a considerar a los menores “sujetos activos y participativos”, a tenerlos en cuenta, o a escucharlos.

 En el ámbito judicial, sucesos como el de PIEDAD en Canarias, una niña que perpetúa su orfandad en un centro de menores, o el del niño de El Royo, en Salamanca, condenado asimismo a perder su infancia obligado a permanecer en un centro de menores hasta su mayoría de edad, son ilustrativos entre tantos y tantos procedimientos y asuntos de familia con desgarradores resultados, de una demostrada ineficacia a veces protagonizada por jueces y fiscales, otras por técnicos y profesionales, cuya misión consistente en velar por la garantía de la aplicación del principio del interés superior del menor, se torna vulneradora del mismo, generándose situaciones en las que el remedio se convierte en peor que la enfermedad. Ahí tenemos un ejemplo entre muchos el de los menores en hogares donde hay maltrato doméstico obligados a las visitas con uno de los cónyuges, el maltratador (casi siempre padres pero también hay casos con madres), aunque rabien y se traumaticen.

 En el ámbito administrativo no podemos olvidar que los menores tutelados en España aunque tienen derechos son perfectos desconocedores de los mismos, hasta el punto de que en ningún centro de acogida o similar se les informa que pueden dirigirse directamente al Fiscal, Al Defensor del Menor o del Pueblo, para exponer sus quejas, denuncias, problemas… PRODENI denuncia la desidia, la carencia de voluntad política y la deformación profesional que supone ese “silencio de los corderos”, es decir, la impunidad con la que actúan determinados centros de menores a sabiendas de que pase lo que pase, el menor o menores afectados no van a tener la oportunidad de denunciar los hechos o de plantear sus quejas, dándose la circunstancia agravante de que aun cuando todo un Defensor del Pueblo elabora un informe crítico sobre el maltrato a menores en centros terapéuticos, es silenciado prácticamente por las Administraciones competentes, o descalificado como fue el caso de Amnistía Internacional en Andalucía.

 Málaga, 19 de Noviembre 2010