Convención sobre los Derechos del Niño, ¿Papel mojado?
MADRID, 20 de NOVIEMBRE de 2013 - LAWYERPRESS

Por Elena Ayache, abogada. Experta en Derecho de Familia

Elena Ayache, abogada. Experta en Derecho de FamiliaHoy se cumplen veinticuatro años desde la aprobación por las Naciones Unidas de la Convención sobre los Derechos del Niño. Este texto supuso un hito a nivel internacional, ya que por primera vez se reconoció al niño como sujeto de derechos. Fue aprobada por unanimidad en la Asamblea General de las Naciones Unidas el 20 de noviembre de 1989 y ha sido ratificada por 191 países (todos a excepción de Estados Unidos y Somalia). Consta de 54 artículos, los cuales son jurídicamente vinculantes para todos los Estados firmantes.
Ahora bien, ¿Se adoptan en España todas las medidas necesarias para dar efectividad a estos derechos? A mi entender no. La consideración primordial de estos derechos consiste en velar por el interés superior del niño, cosa que no siempre ocurre como veremos a continuación en algunos ejemplos.
Vivimos en una sociedad donde no se respeta la opinión del niño ni se le tiene en cuenta en todos los asuntos que le afectan. Y no estoy diciendo que como tiene ese derecho (artículo 12 de la Convención Sobre los Derechos del Niño), tengamos que acceder a todas sus pretensiones, lo que si digo es que debemos tener en cuenta la opinión de los niños en aquellas cuestiones que son de especial trascendencia para ellos. Debe primar siempre el interés del niño y no el de sus padres. Esto ocurre, por ejemplo, cuando apuntamos a nuestros hijos a actividades extraescolares que detestan o cuando les obligamos a convivir con la nueva pareja de alguno de sus progenitores.
Los Estados participantes reconocen, también, el derecho del niño al descanso y el esparcimiento, al juego y a las actividades recreativas propias de su edad (artículo 31 de la Convención Sobre los Derechos del Niño). Hoy en día llevamos un ritmo de vida muy acelerado, dejando poco tiempo para el ocio y el descanso. Los niños, como tales, necesitan correr, jugar, relajarse, dibujar, en definitiva, ser niños. Aun sin ser obligatorio, nuestros hijos acuden a la escuela desde los tres años (algunos incluso antes si consideramos a la guardería escuela). Desde una edad muy temprana se les impone deberes y se les apunta a mil y una actividades. No por tener a los niños más ocupados obtendremos mejores resultados. Fijémonos, por ejemplo, en Finlandia. Los niños finlandeses no acuden al colegio hasta los siete años, la carga lectiva es significativamente menor que la de España y los niños si se llevan deberes a casa, pero estos no son excesivos. Curiosamente, los niños finlandeses obtienen mejores resultados académicos que los niños españoles, tal y como podemos comprobar si atendemos al Informe PISA que elabora la OCDE cada tres años.
En relación con el punto anterior, podemos afirmar, asimismo, que en nuestro país no se respeta el artículo 29 de la Convención, ya que es evidente que nuestro sistema educativo ha fracasado. La norma establece que Los Estados Partes deben encaminar la educación a que el niño desarrolle sus aptitudes y su capacidad mental al máximo. Las reformas educativas no deberían tener color político sino que deberían apuntar al ya mencionado interés superior del menor. Invertir en educación es invertir en nuestro futuro.
Por último, cabe mencionar también el derecho de proteger al niño contra toda información y material perjudicial para su bienestar (artículo 17 de la Convención Sobre los Derechos del Niño). Los medios de comunicación desempeñan un papel importante en la difusión de información destinada a los niños, siendo obligación del Estado tomar medidas a este respecto. En España los niños consumen mucho tiempo viendo la televisión, y muchos de los contenidos que aparecen en horario infantil no son los adecuados para ellos. Violencia tanto física como verbal y la aparición constante de iconos juveniles nada deseables para la educación de nuestros hijos inundan nuestra programación televisiva.

Afortunadamente en nuestro país si se respetan los derechos más fundamentales de la Convención como pueden ser el derecho a la supervivencia, a beneficiarse de la seguridad social y a la no participación en conflictos armados, sin embargo aún queda mucho trabajo por hacer. Estamos a años luz de otros países más avanzados socialmente, donde la Convención Sobre los Derechos del Niño ocupa un lugar de privilegio. Cambiar es posible, simplemente debemos cumplir lo que hemos firmado para que no quede todo en papel mojado.

http://www.lawyerpress.com/news/2013_11/2011_13_012.html