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Andalucía
Juana Rivas, condenada a cinco años de cárcel y a seis de pérdida de la patria
potestad por no entregar a sus hijos
La madre permaneció casi un mes en paradero
desconocido junto a sus hijos hace un año para evitar entregarlos a su
padre, Francesco Arcuri, condenado por delito de lesiones en 2009 cuando
vivía con ella
La sentencia, que va a recurrir, da la razón a la
defensa de Arcuri que pedía esa pena de cárcel y 30.000 euros de
indemnización aunque rebaja en dos los años que esta solicitaba de
inhabilitación

Juana Rivas | EFE
Álvaro López
27/07/2018
El Juzgado de lo Penal 1 de Granada ha condenado a
Juana Rivas a un total de cinco años de prisión como autora de dos delitos
de sustracción de menores después de que el pasado verano permaneciera
un mes en paradero desconocido con sus dos hijos incumpliendo las
resoluciones judiciales que le obligaban a entregarlos al padre, el italiano
Francesco Arcuri, al que acusa de malos tratos por los que asegura que huyó
junto con sus hijos del domicilio que compartían en Italia.
El magistrado, Manuel Piñar, condena también a Juana
Rivas a permanecer seis años sin ejercer la patria potestad sobre los niños,
de doce y cuatro años, y a
indemnizar a Francesco Arcuri en 30.000 euros, así como al pago de las
costas incluidas por parte de la acusación. De este modo hace buenas parte
de las peticiones de la Fiscalía y la acusación particular de su expareja
que solicitaban dicha pena de cárcel aunque una inhabilitación de ocho años.
El juez entiende que la madre de Maracena (Granada)
cometió los dos delitos de sustracción de menores que se le imputaban y por
los que finalmente tendría que ingresar en prisión durante cinco años -dos
años y medio por cada uno de los delitos de sustracción por los que se le
condena-. No obstante, la defensa de Juana solicitó que se tuviese en cuenta
la jurisprudencia existente en casos similares en los que se imputó un
delito por dos menores y no uno por cada uno de ellos como en este caso. No
en vano, la pena mínima para este tipo de delitos es de dos años según el
Código Penal lo que exime del ingreso en prisión si se carece de
antecedentes penales.
La sentencia, a la que ha tenido acceso eldiario.es/andalucia y
contra la que Juana Rivas ya ha anunciado que va a recurrir ante la
Audiencia Provincial de Granada, está fechada el 18 de julio, día en el que
se celebró el juicio. Entonces, Rivas aseguró que se había marchado de la
residencia que compartían en Carloforte (Italia) en mayo de 2016 porque "venía
huyendo de maltrato" y que por ese motivo entendía que no debía
regresar. La mujer sostuvo durante toda la sesión que lo único que quiso
hacer fue proteger a los hijos que tiene en común con Francesco Arcuri pese
a ser consciente de que había resoluciones judiciales que le obligaban a
devolver a los menores.
Los supuestos malos tratos, obviados
La sentencia prueba que Juana Rivas cometió los
delitos de sustracción de menores por los que ha sido condenada pero también
deja patente que los supuestos malos tratos que ella denuncia no se han
tenido en cuenta. No obstante, el juez advirtió en varias ocasiones durante
la celebración del juicio que los mismos no eran objeto de la causa. Que lo
que se estaba juzgando era el mes que la madre de Maracena estuvo en
paradero desconocido.
Sin embargo, la defensa de Rivas trató de poner de
relieve la situación de supuestos malos tratos de los que habría sido
víctima durante su estancia en Italia junto a Francesco Arcuri. Un extremo
por el que incluso la Fiscalía llegó a cuestionar el peso de dichas
afirmaciones al preguntar que si Arcuri ya había sido condenado por un
delito de lesiones en 2009 cuando ambos eran pareja, que por qué volvió con
él.
Mal asesorada
En cualquier caso, el mal asesoramiento de Juana
Rivas durante todo el proceso que sigue a su marcha del domicilio italiano y
que culmina con la entrega de los menores a su padre un mes después de la
fecha en que debía haberse producido quedó acreditado en el juicio incluso
por la parte defensora de Rivas. Su abogado, José Estanislao López, que fue
protagonista involuntario cuando se
suspendió el juicio en junio porque no estaba disponible por problemas de
salud, reconoció que él tampoco habría aconsejado a Juana Rivas tomar
determinadas decisiones.
La versión de Arcuri, que compareció en el juicio
mediante una videollamada, agravó la situación para la madre de Maracena
cuando aseguró que desde que Juana le comunica en agosto de 2016 que no va a
regresar, pasa casi un año sin poder comunicarse con sus hijos. No obstante,
también llegó a confesar que Rivas le había trasladado que podía ver a sus
hijos "siempre que quisiera" aunque sostuvo que desconocía el lugar exacto
en el que se encontraban los menores pese a sospechar que estaban en casa de
su abuela.
El relato de los hechos
La sentencia que ha dictado el magistrado Manuel
Piñar es la consecuencia de una serie de acontecimientos que tienen su
origen en mayo de 2016. En aquella fecha es cuando Juana Rivas se marcha de
Carloforte en Italia junto con sus hijos en principio para pasar unos días
de vacaciones en Maracena de donde es natural. Ya en Granada, se pone en
contacto con el Centro de la Mujer del municipio granadino para solicitar
asesoramiento y ayuda debido a que aseguraba estar siendo víctima de malos
tratos por parte de la que entonces era su pareja.
Fruto del asesoramiento, Juana Rivas decide no
regresar a Italia y pelear mediante una denuncia presentada en julio
para quedarse con la patria potestad de sus hijos y evitar que tengan que
regresar con el que ella considera un maltratador. De ese modo, primero
suscribe una baja médica para retrasar los vuelos que tenía contratados para
volver a Italia y después los deja de utilizar para quedarse definitivamente
en suelo granadino. Pero no será hasta agosto cuando le confirme a Francesco
Arcuri que no va a regresar.
A partir de ahí Juana Rivas escribe un correo
electrónico y llama por teléfono a Arcuri para explicarle la situación.
Desde entonces se contradicen las versiones porque mientras Rivas sostiene
que sus hijos hablaban periódicamente y siempre que querían con su padre,
este niega la mayor y explica que desde noviembre pierde todo contacto. Sin
embargo, un informe forense en diciembre al hijo mayor de la pareja
desmiente en principio esa afirmación ya que el menor llega a asegurar que
sí que hablaba con su padre.
Precisamente entonces, en diciembre de 2016, se
ratifica la denuncia presentada por Francesco Arcuri que obliga a Juana
Rivas a devolver a sus hijos. En ella y en la resolución actual, no se
tienen en cuenta los malos tratos denunciados por Rivas en julio de 2016 y
cuya instrucción sigue paralizada. Así pasan los meses hasta que el 26 de
julio ya, en 2017, Juana debe entregar a sus hijos a su padre en el Punto de
Encuentro de Familiar de Granada al que no acude empezando su mes en
paradero desconocido. Un mes en el que, entre el apoyo mediático y popular,
llega a presentar un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional que
no se admite y por el que acaba viéndose obligada a entregar a sus hijos a
finales de agosto iniciándose la batalla legal que ahora concluye a la
espera de que se resuelva el recurso que ha elevado la defensa de Juana
Rivas ante la Audiencia Provincial de Granada.
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