Fin del calvario para Carmen Fernández. Tras
años de lucha por recuperar a sus hijos, una sentencia de la Audiencia
Provincial de Sevilla condena ahora a la Junta de Andalucía a indemnizarle
con 1,4 millones de euros por no haberle devuelto la tutela de los niños
tras recuperarse de su enfermedad y al considerar que se han «pisoteado»
los derechos de éstos a estar con su madre biológica.
Parte de la indemnización se concede por la frustración de la madre al ver
que perdía su «razonable expectativa» de recuperar a sus hijos, «posibilidad
que se alejaba más y más, recreando un dolor que iba in crescendo, cual si
a un cuerpo se le van arrancando de forma lenta pero progresiva los
distintos miembros», según explicó el abogado de Carmen, Gabriel Velamazán,
quien subrayó que la sentencia no es recurrible y por tanto la Junta tiene
un plazo de 20 días para ejecutarla.
Más de una
década
La historia se remonta a comienzos de los años 90, cuando la Junta
de Andalucía decretó el desamparo de Iván y Sara, que tenían entonces 4
y 5 años, dado que la madre era alcohólica. La Consejería de Asuntos
Sociales dio a los niños en acogimiento a una familia de Dos Hermanas
(Sevilla). A partir de 1996, y tras recuperarse de su enfermedad, Carmen
exigió que se le devolviera la tutela de sus hijos, pero pese a que ganó
todos los pleitos que entabló, el juez de Familia de Sevilla decidió
mantener a los menores con sus padres adoptivos para evitarles daños psicológicos.
En septiembre del 2004, la niña -que tenía ya con 13 años- dejó
voluntariamente a sus padres de acogida y volvió con su madre biológica,
aunque el fallo judicial apunta que no se puede considerar que Carmen la
haya recuperado porque «la relación nunca podrá ser idéntica después de
haber perdido toda la niñez e infancia».
La sección sexta de la Audiencia considera ahora que durante los diez años
que ha pasado sin sus hijos, han sido «ignorados y pisoteados» los
derechos humanos elementales de los hermanos a la «afectividad,
convivencia, ligazón natural y proximidad con su madre». Además,
considera todo el proceso judicial transcurrido hasta el momento como «absurdo,
sorprendente y carente de todo fundamento legal», llegando incluso a
afirmar que el titular del juzgado número 7 de familia de Sevilla,
Francisco Serrano, procedió «de manera subjetiva a ampliar los plazos
procesales» y dictó sus resoluciones en forma de sentencia «atribuyéndose
facultades legislativas».
Asimismo, la sentencia anula la anterior decisión del Juzgado de Familia
que, al conocer la petición de indemnización por parte de la madre biológica,
sólo le concedió 72.000 euros equivalentes a la pérdida de sus hijos en
un accidente de tráfico. La Audiencia considera que tiene derecho a un
amplio abanico de indemnizaciones dado el cáncer que padece, ya que los
jueces lo consideran «consecuencia directa o indirecta del sufrimiento
soportado» y por lo tanto «lesión sufrida de manera ilegítima».