La Junta de Andalucía asumió la
tutela de los niños de Carmen Fernández cuando tenían cuatro y cinco
años, debido al alcoholismo que sufría la madre. Los pequeños fueron
declarados en desamparo y, con vistas a consolidar su nuevo contexto
familiar, dados de inmediato en acogimiento a una familia. Sintiendo
Carmen Fernández que iba a perder a sus niños, superó con rapidez su
adicción. Si los menores acababan adoptados por la familia de acogida,
la madre perdería la patria potestad. Entabló una batalla judicial.
El inicial respaldo de los tribunales a las medidas adoptadas por la
Junta complicó las cosas, hasta que su abogado de oficio, Gabriel
Velamazán, comenzó a ganar un pleito detrás de otro. Pero la
resistencia del juzgado que dictó el desamparo y los sucesivos recursos
de la familia de acogida dilataron el procedimiento. La decisión de
devolver a los pequeños se eternizó en los tribunales. La peregrinación
administrativa y judicial se prolongó durante diez años. De 1996 a
2006, cuando se falla la indemnización millonaria.
El auto de la Sección Sexta de la Audiencia de Sevilla ha concluido que
«fueron ignorados y pisoteados los derechos humanos elementales de los
hermanos a la afectividad, convivencia, ligazón natural y proximidad
con su madre». Vínculos rotos, difíciles de reparar. «Hay una
responsabilidad por funcionamiento anómalo de la Justicia. Lo primero
que hay que ver es que un menor no debería tardar en tener una
sentencia de la Audiencia más de dos años», advierte Velamazán desde
su modesto despacho de Sevilla.
«Sucede que el sistema de protección aplica siempre la cirugía mayor»,
corroboraba el abogado especializado en temas de menores José Antonio
Bosch durante la reciente presentación en sociedad de la Asociación
Pro Derechos Humanos de los Menores en Andalucía, en la que participan
letrados, trabajadores sociales y padres privados de la tutela de sus
hijos. Porque hay otras madres y otros padres en igual o peor situación
que Carmen Fernández. «Unos 200, calculamos, sólo en Andalucía»,
estima Asunción García Acosta, presidenta del colectivo.
«A destiempo»
Según los datos del Ministerio de Asuntos Sociales, 31.386 menores
viven en España tutelados por la Administración. Apartados de sus
padres tras ser declarados en desamparo. Sus progenitores no pueden o no
quieren cuidarlos. Crecerán en un centro de menores o en el seno de una
familia de acogida. Pero ni todos los padres biológicos aceptan el
desamparo, ni todas las decisiones son lo atinadas que debieran ser. «En
muchos casos, se decreta el desamparo con demasiada celeridad»,
denuncia José Luis Calvo, responsable del 'teléfono del menor' de
Prodeni (Pro Derechos del Niño y la Niña).
Cuando el expediente se resuelve definitivamente, han podido transcurrir
cinco, seis, siete años. «Mucho tiempo para hacer justicia. Cuando
nacimos, hace veinte años, nunca nos planteamos que el enemigo a batir
era la Administración», añade Calvo. «Detrás de muchos
procedimientos he visto que se tienen más en cuenta las impresiones
que, a título personal, tienen muchos funcionarios. Imponen su criterio
en los informes técnicos que llegan a manos del juez y éste tiene al
final para el magistrado más poder que todo lo que pueda argumentar la
familia», lamenta.
El juez de familia Francisco Serrano -el mismo que retiró la custodia
de los hijos a Carmen Fernández- ha propuesto incluir en el Código
Civil y la Ley de Enjuiciamiento «plazos de caducidad para oponerse a
las resoluciones administrativas en las que el tiempo corre en contra
del interés del menor». El abogado Gabriel Velamazán cuestiona este
planteamiento si estos plazos «van en la línea de que las familias
biológicas tengan un tiempo limitado para rebatir o para oponerse.
Entonces, no», enfatiza. Aunque las resoluciones «justas» lleguen «a
destiempo».