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https://www.infolibre.es/noticias/politica/2021/06/25/victimas_abusos_hasta_anos_podran_denunciar_desde_este_viernes_con_entrada_vigor_ley_infancia_122089_1012.html
Víctimas de abusos de hasta 50 años podrán denunciar desde este viernes con
la entrada en vigor de la ley de infancia
Hasta ahora,
el plazo de prescripción de estos delitos era de entre 5 y 15 años según su
gravedad y ese tiempo empezaba a contar cuando la víctima cumplía 18 años
Con la
entrada en vigor de la Ley de Infancia el plazo de prescripción se mantiene,
pero se cuenta desde que la víctima cumple 35 años

La ministra de Derechos Sociales, Ione Belarra, en un acto
para celebrar la tramitación de la Ley de Infancia el pasado mes de mayo.
EFE.
InfoLibre, 25 de junio 2021
Las personas de entre 33 y 50 años que hayan
sufrido abusos en la infancia y que no hayan denunciado su caso, podrán
hacerlo a partir de este viernes 25 de junio, con la entrada en vigor del
grueso de la
Ley de protección a la infancia y la adolescencia frente a la violencia,
que aumenta el comienzo del plazo de prescripción de estos delitos, que
empezará a contar a partir del momento en que la víctima cumpla 35 años.
Hasta ahora, el plazo
comenzaba a correr cuando la víctima cumplía 18 años. Teniendo en cuenta que
el plazo de prescripción de estos delitos es de entre 5 y 15 años
dependiendo de la gravedad de los mismos, hasta la fecha, las víctimas de
abusos en la infancia tenían como máximo hasta los 33 años para denunciar
ante la Justicia, según informa Europa Press.
A partir de este
viernes, con la entrada en vigor de la ley de protección a la infancia, las
personas que hayan sufrido abusos cuando eran menores, podrán denunciar
hasta los 50 años para los casos de delitos más graves.
Este aumento del
comienzo del plazo de prescripción venía siendo reclamado por las
asociaciones de víctimas de abusos, ya que, según advierten, las personas
que sufren abusos en su infancia "tardan años" en aceptar lo que les
sucedió, y por tanto, en denunciar.
Algunos grupos
parlamentarios, víctimas y ONG habían pedido que
este plazo empezara a contar a partir de los 40 años de la víctima y
otros que no prescribiese nunca, como es el caso del primer denunciante del
caso de abusos de Montserrat e impulsor de la campaña en Change.org
#ElAbusoNoPrescribe, Miguel Ángel Hurtado.
El Fiscal de Sala
Coordinador de Menores, Eduardo Esteban, ha valorado positivamente el
aumento del plazo de prescripción de estos delitos pues considera que
"favorece el apoyo a las víctimas", aunque reconoce que en el ámbito
jurídico puede resultar "chocante" y a algunos les parece "un poco
exagerado".
"La experiencia
demuestra que uno no se libera automáticamente al cumplir los 18 años de
todos los traumas que te han impedido poner de manifiesto los sufrimientos
que has tenido cuando eras niño. Lo que hacemos es ampliar el arco para que
haya más posibilidades de poderse liberar de esas ataduras, de contar lo que
te pasó", declaró Esteban en una reciente entrevista con Europa Press.
Incidencia en el número
de denuncias
Preguntado por si
considera que este incremento en el plazo puede provocar un aumento
exponencial en el número de denuncias por abusos sexuales en la infancia
–personas que no pudieron denunciar porque el delito había prescrito y que
ahora van a poder hacerlo–, el Fiscal de Menores no cree que vaya a tener
"tanta incidencia en el número" e insta a valorarlo "desde el punto de vista
de cada víctima".
La ley de protección a
la infancia fue aprobada casi por unanimidad el pasado 20 de mayo por el
Pleno del Congreso de los Diputados y publicada en el Boletín Oficial del
Estado el pasado 5 de junio. La ley, según establece el texto, entra en
vigor a los 20 días de su publicación en el diario oficial del Estado
español.
Además de la
ampliación del plazo de prescripción de los abusos sexuales a menores, la
ley también prohíbe los desnudos integrales para determinar la edad de los
menores que migran solos y el uso de la contención mecánica en centros de
menores infractores, entre otras medidas.
Asimismo, establece la
obligación de pedir permiso a los progenitores para difundir la imagen de un
menor fallecido o la creación de un Consejo Estatal de Participación de la
Infancia.
Igualmente, se otorga
la condición de agentes de la autoridad a los funcionarios públicos, algo
que ha suscitado rechazo pues, según han alertado las ONG de infancia, puede
provocar "situaciones arbitrarias"; y otra novedad que incorpora es el
refuerzo de la prueba preconstituída para evitar la revictimización de los
menores.
La ley contará con una
financiación de 70 millones de euros, según anunció la ministra de Derechos
Sociales y Agenda 2030, Ione Belarra, durante el debate de la ley en el
Congreso. Belarra calificó la nueva norma de "hito", dijo que supone "un
antes y un después" en la protección de los derechos de la infancia y que
pone a España "a la vanguardia" internacional en esta materia.
Se prohíbe el Síndrome de
Alienación Parental
En la ley también se
introduce la perspectiva de género, algo que se refleja en algunas medidas
como la prohibición del Síndrome de Alienación Parental o el refuerzo del
carácter imperativo de la suspensión del régimen de visitas para el padre
cuando el menor ha presenciado situaciones de violencia machista.
Otros aspectos que
establece la ley son la incorporación el deber de todos los ciudadanos de
"comunicar de forma inmediata" cualquier indicio de violencia sobre menores,
también cuando lo haya cometido el cónyuge.
Además, en el texto se
incluyen el acoso escolar o bullying y el ciberbullying como
forma de violencia contra la infancia y se habla de garantizar la protección
de los menores en Internet y las redes sociales. Igualmente, destaca la
obligación de los centros de menores tutelados así como de los centros
deportivos y de ocio, de contar con protocolos contra la violencia.
Casi todos los grupos
parlamentarios mostraron su apoyo el pasado 20 de mayo a la Ley y se
felicitaron por ella, excepto Vox, que la denominó "Ley Herodes" por
considerar que la norma "arrebata la inocencia de los pequeños".
Este viernes entra en
vigor el grueso de la ley, a excepción de los artículos 5.3, 14.2, 14.3, 18,
35 y 48.1, apartados b y c, que entrarán en vigor a finales de diciembre de
2021. Entre estos, destaca el artículo 35 que se refiere a la creación de la
figura del coordinador o coordinadora de bienestar social en todos los
centros educativos para la prevención, detección precoz y protección del
alumnado.
Tampoco entrará en vigor,
hasta el 1 de enero de 2022, la disposición final decimocuarta, referida a
la modificación de la Ley de ordenación de las profesiones sanitarias.
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