NIÑA DE SEGURA DE LA SIERRA (JAÉN)
Corría
el verano de 2002, y el 1 de Julio, una niña de 9 años jugando y correteando
por las empinadas callejas de su pueblo serrano tropezó y, como vulgarmente se
dice, se descalabró, produciéndose, entre otros golpes, una llamativa herida
cerca de un ojo. Sus padres estaban fuera esa tarde, y ella había quedado a
cargo de un familiar, mientras, como ocurre en todos los pueblos pequeños, niños
y niñas juegan por las calles.
Unas
amigas y varias madres fueron las que la llevaron a casa del familiar, después
de los primeros auxilios, y cuando los padres llegaron por la noche decidieron
al día siguiente ir al hospital comarcal de Úbeda preocupados por la herida
del ojo, aunque tenía otros golpes repartidos en el cuerpo.
Nunca
se podían imaginar que aquella visita médica les iba a cambiar totalmente sus
vidas durante varios meses, y dejarles, quizá para siempre, marcados por el
trauma sufrido. Y es que un médico estimó que algunos golpes de la niña podían
haber sido fruto de un maltrato físico de los padres, remitiendo a éstos con
su hija al Hospital “Reina Sofía” de Córdoba para unas exploraciones, en
particular en la zona de uno de los ojos, eso sí, sin informarles de que lo que
había sospechado figuraba en el parte remitido al Hospital.
Laura
Galiano, que así se llama la madre, hizo un estremecedor relato de su historia
en una grabación oral dirigida a PRODENI, que en su día transcribimos íntegra
y cuya lectura recomendamos.
Sucedió
que, sin previo aviso, estando la madre con su hija en el hospital, fue detenida
por miembros de la Policía Autonómica, acusada de maltratar a la niña,
permaneciendo varias horas en un calabozo, recibiendo, según ella, un trato
denigrante. Su marido, que llegó más tarde a recogerla acompañado de su hijo
pequeño, tuvo que ir a la Comisaría, de donde al final pudieron salir, sin
saber a donde se habían llevado a su hija, pues funcionarios de Protección de
Menores se hicieron cargo, internándola en un centro de menores de La Carolina
(Jaén), de donde salió el 30 de Agosto.
A
partir del primer momento comenzó una dura lucha por conseguir saber dónde
estaba y poder verla, pidiendo que la devolvieran con su familia por que eran
absolutamente falsas las acusaciones.
Para
conseguirlo hubo que arrostrar todo tipo de dificultades, comenzando por la
falta de sensibilidad y desprecio recibido en Protección de Menores de Jaén, a
donde tuvieron que acudir numerosas veces en compañía de un abogado para saber
de su hija, y oponerse a la medida de desamparo, comenzando así, en pleno
verano, una carrera contrarreloj.
Padres
e hija pudieron al fin verse veinte días después de la separación gracias a
las intensas gestiones y presiones sobre la Consejería de Asuntos Sociales
efectuadas por algunos diputados del Parlamento Andaluz. Y cuando se vieron fue
como encontrarse después de una catástrofe, abrazándose efusivamente entre
ellos, pidiendo la niña llorando volver a casa, después de que los padres
tuvieran que soportar, entre otros, de la Directora del Centro, que su hija no
quería saber nada de ellos y que estaba muy feliz.
Veinte
días de total incomunicación (ni telefónica), recluida allí para que dijera
la verdad que se quería oír, pues desde el primer momento la menor negó
tajantemente que hubiera sufrido malos tratos, narrando hasta la saciedad cada
detalle de cómo había sido el accidente.
Estamos
convencidos de que si en vez de estos padres luchadores que arruinaron su
trabajo y hacienda, dedicando todo su tiempo a recuperar a su hija, fueran otros
padres con menos recursos, o más confiados, o que se hubieran dejado engañar,
o simplemente que hubieran tenido menos interés, la niña habría estado en el
centro de menores mucho más tiempo.
¿Y
qué decir si en vez de la Jueza de
Villacarrillo que acogió el caso en Agosto, que se interesó y asumió el
expediente que le había correspondido a una
compañera de otro juzgado, de vacaciones, le hubiera tocado a otra Jueza u a
otro Juez, menos sensibilizado y dispuesto?. Pueden ustedes imaginárselo.
El
caso de la Niña de Segura de la Sierra obtuvo un importante eco mediático no sólo
en la provincia de Jaén, y causó la lógica conmoción entre los vecinos del
pueblo que conocían a la familia y sabían que las acusaciones contra ellos
eran totalmente inciertas. Además, había testigos directos del accidente de la
menor que, lógicamente declararon en el Juzgado, lo mismo que tuvieron que
hacerlo médicos, psicólogos... para concluir finalmente la Jueza en el mes de
Septiembre que no había habido malos tratos, aunque veinte días antes,
sabiendo que la sentencia se iba a producir, la Delegación Provincial de
Asuntos Sociales, a través de su Delegada, comunicó en rueda de prensa que
revocaba la medida y que la niña se iba a su casa porque negaba los malos
tratos.
El
Defensor del Pueblo Andaluz que abrió de oficio un expediente de queja, lo
archivó finalmente al comprobar que un Juzgado había dado la razón a los
padres y que administrativamente había quedado cerrado. Sin embargo, no entró
en la materia más comprometida, delicada y sustancial
de la queja de los padres, que fueron los modos y maneras de cómo se
llevó a cabo esto por la Entidad Pública, ante la sospecha de que las heridas
las ocasionara un maltratador.
Como
decimos, este asunto alcanzó una determinada trascendencia social, tocando
también a la clase política, por lo que la oposición hizo que el Consejero de
Asuntos Sociales, Isaías Pérez Saldaña, tuviera que dar explicaciones en el
Parlamento, a donde acudió (según él mismo dijo) con un archivo de quinientos
folios para defender el honor y buen hacer de la Delegación Provincial, aunque
no pudo evitar quedar en entredicho ante buena parte de la opinión pública.
Ahora
la familia está a la espera de la resolución del contencioso interpuesto
contra la Junta de Andalucía, en el que piden una importante indemnización por
los graves perjuicios derivados, toda vez que transcurrido todo este tiempo (dos
años) los padres y los niños siguen todavía afectados psicológicamente.
Por
nuestra parte, desde PRODENI, nos pusimos en su momento en contacto con la
familia, les hemos apoyado en el plano psicológico, y hemos realizado un
informe crítico contra la desmesurada intervención de Protección de Menores y
los modos de llevar el asunto, así como la grabación y reproducción de varias
docenas de cintas de casete que enviamos a instituciones, autoridades y Grupos
Políticos, autonómicas y nacionales, junto con disquetes de ordenador con el
texto escrito del testimonio de Laura Galiano (29 folios).
LA
JUEZA DE VILLACARRILLO
El
23 de Septiembre, la Jueza de Villacarrillo archivó el procedimiento iniciado
al no quedar justificados los motivos que dieron lugar al mismo. Unos veinte días
antes, la Delegación de Asuntos Sociales, temiendo lo que se le venía encima,
devolvió la niña a su casa.
He
aquí lo que aparece el auto de archivo respecto a los informes médicos a los
que se aferraba la Junta:
Aparecen
en la causa varios informes médicos de los cuales se desprenden las siguientes
conclusiones:
Según
el informe médico forense, “del examen de las lesiones, dado el estado
evolutivo en que se encuentran, no es posible deducir si tienen una etiología
accidental o se deben a maltrato, considerándose, por naturaleza y localización,
como lesiones menos compatibles con una caída accidental las localizadas en
región lumbar y hombro izquierdo”. Considera, por lo tanto, que el golpe que
presentaba Laura en el ojo izquierdo era de etiología accidental.
Sin
embargo, el médico del servicio de urgencias del Hospital de Úbeda, centró su
atención a la hora de emitir el informe médico de sospecha de malos tratos,
además de en los diversos hematomas localizados en el cuerpo de Laura, en el
gran golpe que la misma presentaba en el ojo y hombro izquierdo, considerando
que para que la lesión que presentaba se produjese por rozadura contra el suelo
hubiese sido necesario que alrededor de la zona afectada apareciesen rasguños
causados por dicha rozadura.
Las
apreciaciones observadas por el señor Lozano Soria hizo que considerara
necesaria el examen de las mismas a través de un T.A.C. En dicho T.A.C. se
apreció hundimiento en la unión de zigoma y órbita derecha con engrosamiento
de esfenoides, de una circunstancia anterior. Ello fue lo que le hizo llegar a
la conclusión de que el pequeño hematoma en fase de evolución en tono
amarillento localizado en el ojo derecho era debido a una lesión antigua y no a
la posibilidad de que dicho hematoma fuese producto de haberse pasado del ojo
izquierdo al derecho.
Por
otro lado, en el Hospital Reina Sofía de Córdoba, la menor fue sometida a una
Rx de cráneo anteroposterior lateral y en proyección de Hirst en las que no se
apreciaban las lesiones que se describen en el T.A.C. debido a la superposición
de imágenes. Ello hace que las lesiones descritas en el TAC no resulten
concluyentes.
Igualmente,
don Miguel Hoyo Blanco, médico de cabecera de Segura de la Sierra, manifestó
que el hematoma amarillento que presentaba en el ojo derecho podía ser del
mismo golpe o de otro golpe anterior, y que para producirse un golpe de esas
características no es necesario que aparezcan rasguños por la zona; y don José
González Zorrilla, médico en funciones de técnico radiólogo, señaló que no
encontró fracturas anteriores, que las lesiones que observó en la niña podían
estar asociadas a la caída y que era posible que el hematoma que tenía la niña
en el ojo izquierdo se le pasara al derecho.
Para
la Jueza existieron
diversas versiones, lo que le llevó a la conclusión de
que los informes médicos no ofrecían una prueba concluyente que
acreditaran la existencia de malos tratos.
Apunta
también la Jueza en su valoración este importante dato:
(...)
a esta misma conclusión llegó el Psicólogo D. Sergio José Nuñez Morón, en
el informe psicológico emitido para el Servicio de Atención al Niño de la
Consejería de Asuntos Sociales de la Junta de Andalucía, en el que
literalmente manifestó que “(...)teniendo en cuenta que existen... dos partes
médicos sobre las lesiones de la menor en los cuales, aunque se apunta que la
localización y la morfología de algunas de ellas no coinciden con el mecanismo
de producción relatada por los padres, tampoco se concluye indicando con
seguridad que la etiología de dichas lesiones son malos tratos físicos, es
preciso apoyar la evaluación médica con la evaluación psicológica para
llegar a unas conclusiones válidas y fiables.
Y
el Equipo Técnico de Familia de Jaén concluyó manifestando que
No
existen indicios que nos hagan pensar que la menor Laura... haya sufrido malos
tratos por parte de sus progenitores.
Para
nosotros lo que le sucedido a la niña de Segura de la Sierra es una muestra más
del grado de insensatez que, a veces, muestran determinados técnicos y/o
responsables políticos pretendiendo ofrecer protección a quienes terminan
victimizando, pues haberla mantenido incomunicada durante veinte días y dos
meses en un centro, y haber hecho pasar a los padres un calvario de idas y
venidas, entre abogados, entrevistas, discusiones, desesperación e impotencia,
parece una acción protectora desmesurada, cuando en un máximo de ocho días se
podía haber resuelto el problema, ante la inexistencia de contradicciones en
los relatos de niña y testigos, y por la inconsistencia de los informes médicos,
junto la carencia de antecedentes de los padres y a su buena fama.
Por
eso nos preguntamos: ¿Qué le hubiera costado a Asuntos Sociales aceptar por
bueno el relato de la niña, coincidente con el de las niñas testigos del
accidente y de algunas madres que le prestaron los primeros auxilios?
¿Qué
le hubiera costado, insistimos, escuchar a la menor, en vez de atrincherarse en
unos procedimientos que basaban toda su estrategia en esperar pacientemente a
que la niña “cantara”, aunque para ello hubiera que mantenerla, como se la
mantuvo, aislada de su entorno familiar y social, en un centro de menores?.
TESTIMONIO
DE LAURA
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